Ordenanza Municipal N° 247/2024/2024
PROYECTO CREACION DE ESPACIOS AMIGOS DE LA LACTANCIA EN LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y JARDINES MATERNALES - COMITE LACTANCIA HOSPITAL ZONAL ESQUEL-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 247/2024
TEMA: "PROYECTO CREACIÓN DE ESPACIOS AMIGOS DE LA
LACTANCIA EN
LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y JARDINES
MATERNALES MUNICIPALES"
VISTO: La Ley N° 27.611 de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el
Embarazo y la Primera Infancia (también llamada "Ley 1000 días"); la Ley N°
26.873 de Lactancia Materna. Promoción y concientización pública y su decreto
regiamentario 22/2015; Ley Provincial |- N°525 de adhesión a la Ley 26.873, la
ordenanza 108/2023 de Declaración de Interés Municipal del Espacio Amigo de
la Lactancia de la Extensión Áulica Esquel, Universidad del Chubut. (Expte. N°
233/24), ?;
CONSIDERANDO:
Que la leche humana es un tejido vivo y adaptado específicamente para
el lactante. No sólo provee de todos los
nutrientes, vitaminas y minerales
necesarios, sino que también le confiere inmunidad contra las enfermedades
más comunes en esa etapa de la vida.
Que la lactancia es recomendada por el Ministerio de Salud de la Nación
y de todas las organizaciones de salud (MSal, 2021 y OMS, 2002) de la
siguiente forma: Que el lactante reciba leche humana como único alimento
hasta los 6 meses de vida cumplidos y que, a partir de ese momento continúe
tomando el pecho por lo menos hasta los 2 años, con el acompañamiento de
alimentación complementaria adecuada.
Que la evidencia científica ha demostrado ampliamente que los/as
niños/as que reciben lactancia exclusiva hasta los seis meses de vida, son más
saludables,
se enferman menos y, en caso de enfermarse, su enfermedad es
de menor severidad y por menor tiempo.
Que la lactancia es una responsabilidad compartida, porque las familias
y toda la sociedad pueden y deben contribuir a sostenerla.
En
particular, los/las empleadores/as resultan esenciales en este
escenario, cuando ofrecen las condiciones y posibilidades para que la lactancia
no se suspenda con el regreso al trabajo, garantizando entornos adecuados
para la extracción y conservación de la leche, de modo que el lactante siga
recibiendo leche humana, el mejor alimento..
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
Que además del impacto directo sobre la salud del lactante, su práctica
redunda en menos gastos en consultas y tratamientos médicos, menos tiempo
dedicado a ellos y, en particular, menor ausentismo laboral a causa de
enfermedades (Cohen R; Mrtek MB; Mrtek RG, 1995).
Que la Ley N° 26.873 de Lactancia Materna. Promoción y
concientización pública en su artículo 4° inciso t), insta a promover la existencia
de "Espacios Amigos de la Lactancia (EAL)", a los que define como: "Un
sector limpio, cómodo y de uso exclusivo para que las mujeres en período de
amamantamiento puedan extraer su leche y conservarla adecuadamente
durante la jornada laboral."
Que según las encuestas en nuestro país existe un adecuado inicio de la
lactancia; es decir, la mayoría de los/las niños/as son amamantados al nacer.
Sin embargo, no se logra llegar a los niveles recomendados (lactancia
exclusiva hasta el sexto mes de vida) ya que a medida que el/la niño/a crece,
este indicador tiende a disminuir considerablemente (MSal, 2018), siendo la
reincorporación a la actividad laboral como uno de los principales motivos de
dicho abandono.
Las personas que deciden amamantar y trabajar se ven expuestas a
dificultades, tales como situaciones incómodas (por ejemplo para amamantar
en el trabajo o disponer de un lugar adecuado para extraer la leche, ya que por
lo general se ven obligadas a usar baños).
Que una de las medidas que favorecen a las personas que deciden
continuar con la lactancia luego de la reincorporación a sus trabajos es la
existencia de "espacios amigos de la lactancia" (EAL) en sus lugares de
trabajo. En ese marco reforzamos que cuando se apoya la lactancia, se
beneficia la sociedad en su conjunto.
Que los EAL permiten la extracción y conservación de leche durante la
jornada laboral. La extracción frecuente de leche evita el malestar por pechos
congestionados de leche y, al mismo tiempo, garantiza la producción para
sostener la lactancia en el tiempo.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
Que la creación de este espacio en los jardines maternales municipales
también ofrece un espacio para que las mamás puedan alimentar a sus bebés
durante la jornada escolar.
Que un EAL consiste en designar un sector privado, dotado de las
comodidades mínimas y necesarias para garantizar la extracción de leche o el
amamantamiento. Que debe ser un espacio cerrado, privado e higiénico, que
posea una mesa o mesada para apoyar los recipientes y otros elementos de
quienes utilizan el lugar. Además es recomendable que cuente con un
lavamanos y un toma corriente. Que debería contar mínimamente con un sillón,
una mesa y un perchero.
"Que la ausencia de Espacios Amigos de la Lactancia o de espacios de
cuidado en los lugares de trabajo, no sólo dificulta el sostenimiento de la
lactancia y obstruye la posibilidad de que los lactantes reciban el mejor tipo de
alimentación tal como está recomendado, sino que también profundiza la
inequidad de género en el plano laboral y demuestra que las mujeres, sobre
quienes recaen principalmente las tareas de cuidado, no suelen tener a su
alcance los recursos necesarios para desempeñarse plenamente en el ámbito
laboral" ("Espacios Amigos de la Lactancia Recomendaciones del Ministerio de
Salud de la Nación para instituciones laborales",
, marzo 2022, disponible en
https://bancos.salud.gob.ar/sites/default/files/2022-03/EAL-Marzo_2022.pdf).
Se recomienda la instalación de un EAL permanente en todo ámbito de
trabajo donde se desempeñen 20 o más personas con capacidad de gestar o
en edad fértil. Que la municipalidad de Esquel supera ampliamente este
número.
Que desde hace un año se cuenta con un EAL extra hospitalario en el
ámbito de la UDC, dando evidencia de que es posible replicar esos espacios en
las entidades públicas del ejido municipal.
Que la Comisión de Promoción Social, Cultura, Educación y Deportes,
emite Despacho favorable para la aprobación del Proyecto sobre la instalación
de espacios amigos de la lactancia en el ámbito laboral de la Municipalidad de
Esquel y en los Jardines Maternales dependientes del Municipio de Esquel.