Ordenanza Municipal N° 123/2019/2019
SERVICIO TRANSPORTE DE PASAJEROS AL C.A.M LA HOYA.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel “Año del Centenario de la Asociación Española de Socorros Mutuos de Esquel”
ORDENANZA Nº 123/19
TEMA: SERVICIO TRANSPORTE DE PASAJEROS AL C.A.M LA HOYA
VISTO: La presentación efectuada por el Sr. Roberto Walsh, Titular de la Empresa de
Transportes Esquel, solicitando autorización para prestar el servicio de transporte de pasajeros
al Centro de Actividades de Montaña La Hoya durante la presente temporada invernal (Expte.
92/18), y
CONSIDERANDO:
Que es necesario brindar una alternativa de transporte a los pasajeros locales y turistas que
visiten el Centro de Actividades de Montaña La Hoya, y fue anteriormente autorizada mediante
la Ordenanza 100/18, a la prestación del servicio.
Que habiendo analizado la propuesta presentada por el Sr. Walsh, la Comisión de Servicios
Públicos y Transporte del HCD entiende que es atendible la misma y emite despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE a la Empresa Transporte Esquel, del Sr. Roberto Walsh, C.U.I.T 20-
07615484-9 a prestar durante los meses de Julio y Agosto del corriente año, con carácter
precario, provisorio y no exclusivo, el servicio de transporte de Pasajeros, cuyo tramo sería
Esquel – CAM La Hoya – Esquel, con las frecuencias y recorridos que se adjunta como Anexo I de
la presente.
ART.2°: FIJANSE las siguientes tarifas para el Servicio indicado en el artículo precedente, por
cada tramo: Esquel-CAM La Hoya / CAM La Hoya-Esquel:
1. Boleto general……………………………………………………….$ 180,00 (PESOS CIENTO OCHENTA).
2. Pasajeros menores (entre 6 y 12 años) …………. $ 120,00 (PESOS CIENTO VEINTE).
3. Jubilados …………………………………………………………….. $ 90,00 (PESOS NOVENTA).
4. Discapacitados, sin cargo.
5. Abono por 20 (Veinte) pasajes……………………$2.900 (PESOS DOS MIL NOVECIENTOS).
ART. 3°: A Solicitud de la Empresa, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá agregar
frecuencias y/o ampliar el periodo de prestación del servicio.
ART. 4º: Los vehículos a utilizar para la prestación de éste Servicio deberán estar habilitados
por la Municipalidad de Esquel y cumplir con todas las reglamentaciones vigentes referidas al
transporte público provincial y municipal.
ART. 5º: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 19 de Junio 2019. –
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8° Sesión Ordinaria del 2019, bajo Acta N° 14/19,
registrada como Ordenanza Nº 123/19.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2019.
H. Concejo Deliberante
De Esquel “Año del Centenario de la Asociación Española de Socorros Mutuos de Esquel”
ANEXO I
SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO “ESQUEL – LA HOYA”
Frecuencias: TEMPORADA INVIERNO – TODOS LOS DIAS
Salida Esquel 9:10 HS – 13:00 HS-
Llegada a La Hoya 9:40 HS – 13:40 HS –
Salida de La Hoya 10:00 HS – 17:10 HS –
Llegada a Esquel 10:30 HS – 17:40 HS-