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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 266/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-11-01
Fecha de Promulgación: 2024-11-12
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION Y EXIMICION DEUDA IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SRA. LIRIA ELBA NAHUELCHEO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 266/2024 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS VISTO: La presentación realizada por la Sra. Nahuelcheo Liria Elba (Expte. 284/24) CONSIDERANDO: Que, la Sra Nahuelcheo solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto inmobiliario, dado que percibe la jubilación mínima, no permitiendo afrontar los gastos de servicios, alimentación y tributos municipales en su totalidad. Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario por la única unidad habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados. Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención. Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a los fines que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con anterioridad Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: CONDÓNASE a la Sra. Nahuelcheo Liria Elba DNI: 13.887.637, la totalidad de lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como Objeto 10005906. ART. 2°: EXÍMASE a la Sra. Nahuelcheo del pago del impuesto inmobiliario, desde la fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, H. Concejo Deliberante "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" por el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23. ART. 3°: NOTIFIQUESE a la Sra. Nahuelcheo que, en el mes de diciembre de cada año deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el Art. 98° de la Ordenanza N° 201/23. ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 1 de noviembre de 2024.- Dr. Mariano Palma Secretario Legislatio H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Héctor Rubén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 23/2024, registrada como Ordenanza N° 266/2024. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 12 de noviembre de 2024. Luis Maria Aguirre Secretario Gral. de Coordinación -Municipalidad de Esquel Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel