Ordenanza Municipal N° 266/2024/2024
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SRA. LIRIA ELBA NAHUELCHEO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 266/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Nahuelcheo Liria Elba (Expte. 284/24)
CONSIDERANDO:
Que, la Sra Nahuelcheo solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de
la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
inmobiliario, dado que percibe la jubilación mínima, no permitiendo afrontar los
gastos de servicios, alimentación y tributos municipales en su totalidad.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se
encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario por la única unidad
habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad
de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a
los fines que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites
correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con
anterioridad
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
despacho favorable
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: CONDÓNASE a la Sra. Nahuelcheo Liria Elba DNI: 13.887.637, la totalidad
de lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la
fecha de
promulgación de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado
como Objeto 10005906.
ART. 2°: EXÍMASE a la Sra. Nahuelcheo del pago del impuesto inmobiliario, desde
la fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año,
H. Concejo Deliberante
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
por el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el
Art. 98 de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 3°: NOTIFIQUESE a la Sra. Nahuelcheo que, en el mes de diciembre de cada
año deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario
ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido
en el Art. 98° de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 1 de noviembre de 2024.-
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislatio
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 23/2024, registrada como Ordenanza N° 266/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 12 de noviembre de 2024.
Luis Maria Aguirre
Secretario Gral. de Coordinación
-Municipalidad de Esquel
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel