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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 279/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-11-01
Fecha de Promulgación: 2024-11-12
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO DE COLABORACION EN CONTROL Y REGULACION DE TRANSITO ENTRE MUNI. ESQUEL Y LA PROVINCIA DEL CHUBUT- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 279/2024 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO VISTO: El Convenio de Colaboración en Control y Regulación de Tránsito Vehicular, suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Provincia del Chubut en fecha 22 de diciembre de 2023 (Expte. 235/24) y, CONSIDERANDO: Que, el presente Convenio tiene como finalidad fortalecer la cooperación mutua entre la Municipalidad de Esquel y la Provincia del Chubut, respecto a las tareas de control y regulación del tránsito vehicular, controles de alcoholemia y prevención en accidentología vial, que se realicen en el ejido urbano de esta ciudad. Que, las partes firmantes asumen el compromiso de trabajar en forma conjunta para lograr cumplir la finalidad establecida en el referido instrumento legal, de acuerdo a las obligaciones allí asumidas. Que, como consecuencia de la colaboración de recursos y personal efectuada por la Provincia, la Municipalidad entregará parte de la recaudación generada por las infracciones cobradas, a fin de que sean invertidas en los centros de monitoreo fraestructura policial de otros municipios Que, la Comisión de Asuntos Legales del H.C.D. decidió emitir despacho favorable para su correspondiente ratificación. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio de Colaboración en Control y Regulación de Tránsito Vehicular, suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Provincia del Chubut el día 22 de diciembre del año 2023, el cual se adjunta a la presente como Anexo I. ART. 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese. Esquel, 1 de noviembre de 2024.- Auscalhagi Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 23/2024, registrada como Ordenanza N° 279/2024. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN:12 de noviembre de 2024. 2 Luis María Aguirre Secretario Gral. de Coordinación Municipalidad de Esquel Matias F. Taccetta ntendente Munietpalidad de Esquel NC. ANGELABILVA Dirección Geroral de Rentas Provin ela del Chubut Abg. Cristian Andrés BORK -Subsecretarlo de Gobierno MINISTERIO DE GOBIERNO Emlliano Francisco CHIALVA ABozor Goneral do Gobiemo Provincia dol Chubut PROVINCIA DEL CHUBUT MENISTERIO DE ECO DIRECCION GENERAR PROTENTAS CONVENIO DE COLAENSKENO FOLO S 9 CONTROL Y REGULACION DE TRÁNSITO HOULAR. A GENERA Entre la Proviniera. et Chubut, representada en este acto por el señor Gobernador de la Provincia del Chubut, Lic. Ignacio Agustín TORRES, por una parte, en adelante "LA PROVINCIA", y la Municipalidad de Esquel, en adelante, "EL MUNICIPIO", por la otra, se celebra el presente acuerdo que se regirá por las siguientes clausulas y condiciones: PRIMERA: OBJETO. - El presente tiene por objeto fortalecer la cooperación mutua entre LA PROVINCIA Y EL MUNICIPIO en tareas de control y regulación del tránsito vehicular, controles de alcoholemia, como así también en tareas de prevención en la accidentología vial. Siendo la seguridad vial consiste en la prevención de los siniestros de tránsito o la minimización de sus efectos, especialmente para la vida y la salud de las personas; es función de la provincia, garantizar al ciudadano el ejercicio del derecho a la circulación, en condiciones que aseguren la integridad de las personas que transiten por la vía pública. La problemática vial requiere de un proceso integral de reeducación de la sociedad en su conjunto, a partir de instancias de regulación, prevención, control y sanción, todas ellas íntimamente relacionadas entre ?í, es por esto que es indispensable generar acciones que tiendan hacia la unicidad de criterios y conductas, a los efectos de generar políticas coherentes para el tratamiento de los diferentes aspectos de la problemática que se presentan en todas las localidades de la provincia. A tales fines, "LA PROVINCIA", ya sea por medio de la Policía Provincial como a través de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, o por medio de tecnologías aplicadas a detección de infracciones, como las fotomultas o las que en un futuro se desarrollen, colaborará con "EL MUNICIPIO" en el ejercicio de Poder de Policía de Tránsito que les compete a estos dentro de sus ejidos municipales. Como consecuencia de esta colaboración de recursos y personal por parte de "LA PROVINCIA", parte de la recaudación generada por las infracciones cobradas, será entregada por "EL MUNICIPIO" al Estado Provincial, el cual será invertida a su vez en los centros de monitoreo e infraestructura policial de cada uno de los municipios SEGUNDA: OBLIGACIONES. - 1.- "LA PROVINCIA" se obliga a dentro de sus posibilidades presupuestarias a: a) Ejecutar tareas de prevención de accidentes de tránsito; b) Realizar controles atinentes a la regulación y ordenamiento del tránsito vehicular en las zonas urbanas y suburbanas, controles de alcoholemia y en generar de cualquier control de infracciones de transito Cludad da Est :