Ordenanza Municipal N° 279/2024/2024
RATIFICACION CONVENIO DE COLABORACION EN CONTROL Y REGULACION DE TRANSITO ENTRE MUNI. ESQUEL Y LA PROVINCIA DEL CHUBUT- DEPTO. EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 279/2024
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO
VISTO: El Convenio de Colaboración en Control y Regulación de Tránsito Vehicular,
suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Provincia del Chubut en fecha 22 de
diciembre de 2023 (Expte. 235/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, el presente Convenio tiene como finalidad fortalecer la cooperación mutua entre la
Municipalidad de Esquel y la Provincia del Chubut, respecto a las tareas de control y
regulación del tránsito vehicular, controles de alcoholemia y prevención en accidentología
vial, que se realicen en el ejido urbano de esta ciudad.
Que, las partes firmantes asumen el compromiso de trabajar en forma conjunta para
lograr cumplir la finalidad establecida en el referido instrumento legal, de acuerdo a las
obligaciones allí asumidas.
Que, como consecuencia de la colaboración de recursos y personal efectuada por la
Provincia, la Municipalidad
entregará parte de la recaudación generada por las
infracciones cobradas,
a fin de que sean invertidas en los centros de monitoreo
fraestructura policial de otros municipios
Que, la Comisión de Asuntos Legales del H.C.D. decidió emitir despacho favorable para
su correspondiente ratificación.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio de Colaboración en Control y
Regulación de Tránsito Vehicular, suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la
Provincia del Chubut el día 22 de diciembre del año 2023, el cual se adjunta a la presente
como Anexo I.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 1 de noviembre de 2024.-
Auscalhagi
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 16º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N°
23/2024, registrada como Ordenanza N° 279/2024.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN:12 de noviembre de 2024.
2
Luis María Aguirre
Secretario Gral. de Coordinación
Municipalidad de Esquel
Matias F. Taccetta
ntendente
Munietpalidad de Esquel
NC.
ANGELABILVA
Dirección Geroral de Rentas
Provin
ela del Chubut
Abg. Cristian Andrés BORK
-Subsecretarlo de Gobierno
MINISTERIO DE GOBIERNO
Emlliano Francisco CHIALVA
ABozor Goneral do Gobiemo
Provincia dol Chubut
PROVINCIA DEL CHUBUT
MENISTERIO DE ECO
DIRECCION GENERAR PROTENTAS
CONVENIO DE COLAENSKENO
FOLO
S
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CONTROL Y REGULACION DE TRÁNSITO
HOULAR.
A GENERA
Entre la Proviniera. et Chubut, representada en este acto por el señor
Gobernador de la Provincia del Chubut, Lic. Ignacio Agustín TORRES, por una
parte, en adelante "LA PROVINCIA", y la Municipalidad de Esquel, en adelante,
"EL MUNICIPIO", por la otra, se celebra el presente acuerdo que se regirá por
las siguientes clausulas y condiciones:
PRIMERA: OBJETO. - El presente tiene por objeto fortalecer la cooperación mutua
entre LA PROVINCIA Y EL MUNICIPIO en tareas de control y regulación del tránsito
vehicular, controles de alcoholemia, como así también en tareas de prevención en la
accidentología vial.
Siendo la seguridad vial consiste en la prevención de los siniestros de tránsito o la
minimización de sus efectos, especialmente para la vida y la salud de las personas;
es función de la provincia, garantizar al ciudadano el ejercicio del derecho a la
circulación, en condiciones que aseguren la integridad de las personas que transiten
por la vía pública.
La problemática vial requiere de un proceso integral de reeducación de la sociedad
en su conjunto, a partir de instancias de regulación, prevención, control y sanción,
todas ellas íntimamente relacionadas entre ?í, es por esto que es indispensable
generar acciones que tiendan hacia la unicidad de criterios y conductas, a los efectos
de generar políticas coherentes para el tratamiento de los diferentes aspectos de la
problemática que se presentan en todas las localidades de la provincia.
A tales fines, "LA PROVINCIA", ya sea por medio de la Policía Provincial como a
través de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, o por medio de tecnologías
aplicadas a detección de infracciones, como las fotomultas o las que en un futuro se
desarrollen, colaborará con "EL MUNICIPIO" en el ejercicio de Poder de Policía de
Tránsito que les compete a estos dentro de sus ejidos municipales.
Como consecuencia de esta colaboración de recursos y personal por parte de "LA
PROVINCIA", parte de la recaudación generada por las infracciones cobradas, será
entregada por "EL MUNICIPIO" al Estado Provincial, el cual será invertida a su vez en
los centros de monitoreo e infraestructura policial de cada uno de los municipios
SEGUNDA: OBLIGACIONES. -
1.- "LA PROVINCIA" se obliga a dentro de sus posibilidades presupuestarias a:
a) Ejecutar tareas de prevención de accidentes de tránsito;
b) Realizar controles atinentes
a la regulación y ordenamiento del tránsito
vehicular en las zonas urbanas y suburbanas, controles de alcoholemia y en generar
de cualquier control de infracciones de transito
Cludad da Est :