Ordenanza Municipal N° 289/2024/2024
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SR. RICARDO AINQUEO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
???.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 289/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por el Sr. Ricardo Ainqueo (Expte. 367/14) y,
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Ainqueo solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
Inmobiliario, dado que, percibe una jubilación mínima.
Que, dicho inmueble se encuentra a nombre de Cayo Freyle, acreditando el
expediente que, el mismo ha sido adquirido a través de un boleto de permuta,
gestionando al día de la fecha la titularidad dominial mediante certificación de
escribano público obrante en el expediente en referencia.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se
encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario por la única unidad
habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que el contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad
de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a
los fines que el contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites
correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con
anterioridad.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
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H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA
ART. 1°: CONDÓNASE al Sr. Ricardo Nazario Ainqueo DNI: 10.422.670, la totalidad
de lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de
promulgación de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado
como Objeto 10004347.
ART. 2°: EXÍMASE al Sr. Ainqueo del pago del impuesto inmobiliario, desde la fecha
de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por el
inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art.
98 de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 3°: NOTIFIQUESE al Sr. Ainqueo que, en el mes de diciembre de cada año
deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante
el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el
Art. 98° de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 15 de noviembre de 2024.-
Dr.
Palma
Secretario Legislatio
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ahorca
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión ordinaria del 2024, bajo
Acta N° 24/2024, registrada como Ordenanza N° 289/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 20 de noviembre de 2024
Luis María Aguirre
Secretario Gral. de Coordinaciór
Municipalidad de Esquel
Matias F. Taccetta
intendente
Municipalidad de Esquel