Ordenanza Municipal N° 299/2024/2024
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SRA. ROSA AMANDA BARRERA-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. COEejo
Esquel
"Año de conmemoración 305 Aniversario la Reforma la Chubut"
ORDENANZA NO 299/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Barrera Rosa Amanda (Expte. 385/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Barrera solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
Inmobiliario, dado que, percibe una jubilación mínima y cuenta con certificado único de
discapacidad.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se encuentran
exentos del pago del impuesto inmobiliario por la única unidad habitacional tanto a los
jubilados como a los pensionados
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite
de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la
correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda
alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad de
condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a los fines
que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes
para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con anterioridad.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho
favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NC 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1º: CONDÓNASE a la Sra. Rosa Amanda Barrera DNI: 14.977.914, la totalidad
de lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación
de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como 08-015-001-07-0-038-017.
ART. 2º: EXÍMASE a la Sra. Barrera del pago del impuesto inmobiliario, desde la fecha
de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por el
inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art. 98
de la Ordenanza NO 201/23.
ART. 3º: NOTIFÍQUESE a la Sra. Barrera que, en el mes de diciembre de cada año
deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante el
Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el Art.
98 de la Ordenanza NO 201/23.
ART. 4º: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
H. Carrejo
"Año conmemoración 300 Aniversario ta Reforma la ConsftucW' Chubut"
Esquel, 15 de noviembre de 2024.-
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativ
H. Concejo Deliberante
Héctor Rubén Álvarez
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 170 Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
NO 24/2024, registrada como Ordenanza NO 299/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN.20 de noviembre de 2024.
Luis
Gral.
Municipalidad de
Mat
Muni
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idente
lid de Esquel