Ordenanza Municipal N° 300/2024/2024
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SRA. NIVIA RAQUEL FLOREZ-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 300/2024
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Nivia Raquel Florez (Expte. 336/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Ainqueo solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
Inmobiliario, dado que, percibe una jubilación mínima.
Que, dicho inmueble se encuentra a nombre de Huayquiñir Emiliano, quien es su
difunto esposo, acreditando en el expediente Acta de certificado de defunción y
presentación de declaración jurada expedida por el Juez de paz de la localidad en la
que manifiesta que dará inicio al proceso sucesorio.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc: 8 establece que, se encuentran
exentos del pago del impuesto inmobiliario por la única unidad habitacional tanto a los
jubilados como a los pensionados.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite
de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la
correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda
alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad de
condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a los fines
que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes
para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con anterioridad.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho
favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: CONDÓNASE a la Sra. Nivia Raquel Florez DNI: 12.616.845, la totalidad de lo
adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación de la
presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como Objeto 10005961.
ART. 2°: EXIMASE a la Sra. Florez del pago del impuesto inmobiliario, desde la fecha
de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por el
inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art. 98
de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 3°: NOTIFÍQUESE a la Sra. Florez que, en el mes de diciembre de cada año
deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante el
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el Art.
98° de la Ordenanza N° 201/23.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 15 de noviembre de 2024.-
Dr. Ma
Secretario Legislatio
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 24/2024, registrada como Ordenanza Nº300/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese,
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 20 de noviembre de 2024.
Luis María Aguirre
Secretario-Graf de Coordinación
Municipalidad de Esquel
Matias A. Taccetta
Intendente
Aunicipalidad de Esquel :