Ordenanza Municipal N° 304/2024/2024
CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT- OBRA URBANIZACION VALLE CHICO I- DEPTO EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 304/2024
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO
VISTO: El Convenio de obra suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Gobierno
de la Provincia del Chubut, el día 29 de octubre del 2024 (Expte. 392/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, dicho Convenio, establece que, el Gobierno de la Provincia del Chubut se
compromete a aportar a la Municipalidad de Esquel, la suma de pesos setecientos
noventa y seis millones, novecientos cuarenta y siete mil, novecientos sesenta y cinco
con ochenta y ocho
centavos ($796.947.965,88) para la ejecución de la obra
"URBANIZACION VALLE CHICO I".
Que, el Municipió se obliga a ejecutar la "OBRA" por sí o por terceros, adjudicar el
avance de obra, dirigir e inspeccionar los trabajos y el cumplimiento total de la
normativa aplicable.
Que, el aporte a cuál se obliga la provincia se hará efectivo en seis (6) cuotas
consecutivas a partir del mes de enero del año 2025 mediante transferencias que se
efectuarán una vez recepcionada nota modelo con informe de avance de obra y su plan
de trabajo.
Que, el Municipio exime a la Provincia de cualquier responsabilidad vinculada a "La
Obra", siendo el Municipio el exclusivo responsable de la ejecución de la mismas,
manejo de los fondos, como así también se excluye de cualquier reclamo que se le
pudiere efectuar vinculado con la obra mencionada.
Que, por ello corresponde ratificar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de
Esquel, y el Gobierno de la Provincia del Chubut.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio de Obra suscripto entre la
presente como Anexo I.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 15 de noviembre de 2024.-
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativ
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Aun rez then
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 24/2024, registrada como Ordenanza N° 304/2024.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal ? cumplido archívese
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 20 de noviembre de 2024.
Luis María Aguirre
Secre?aria Gral. de Coordinación
Municipalidad de Esquel
Matías F. Jaccetta
tendent
Municipalidad de Esga
ANEAU
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TA. DEL CHUBUT
SELLOS
República Argentina
PROVINCIA DEL CHUBUT
Poder Ejecutivo:
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CONVENIO
-Entre la Provincia del Chubut, representada en este acto por el Señor Gobernador de
la Provincia, Lic. Ignacio Agustín TORRES, por el Señor Ministro de Economia, Di. Andrés
Matías MEISZNER y por el Tee. Sebastián DE LA VALLINA en su carácter de Coordinador
Ejecutivo de la Unidad Bjecutora Provincial dependiente del Ministerio de Economía, por un lado
y en adelante denominados "LA PROVINCIA". y por la atra parte, el Municipio de la Ciudad de
Esquel, representado en este acto por el Señor Intendente Cdor, Matias TACCETTA, en adelante
denominado "EL MUNICIPIO", acuerdan celebrar el presente Convenio que se regirá de acuerdo
a las siguientes cláusulas y condiciones:-
esTrinetard CHIALVA.
PRIMERA: "LA PROVINCIA" se compromere a aportar a "EL MUNICIPIO" hasta la suma de
PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y
SIETE MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y CINCO CON 88/100 CENTAVOS
(S796.947.965,88), en el marco de las previsiones del presente convenio, que deberán, ser
aplicados por "EL MUNICIPIO" en forma exclusiva y excluyente a la ejecución de la Obra:
"URBANIZACIÓN VALLE CHICO 1% en adelante "LA OBRA', conforme los proyectos
técnicos y de obra antes presentados a "LA PROVINCIA".«-
SEGUNDA: FORMA DE PAGO: El aporte al cual se obliga "LA PROVINCIA" por la Cláusula
Primera se hará efectivo en SEIS (6) cuotas consecutivas a partir del mes de enero de 2025.
mediante transferencias que se efectuarán una vez recepcionada nota modelo con informe del
avance de la Obra y su correspondencia con el Plan de Trabajos; la misma deberá constar con la
aprobación expresa del Intendente y UN (L) responsable técnico designado por la Provincia del
Chubut. -
TERCERA: "LA PROVINCIA" se obliga única y exclusivamente a realizar los aportes indicados
en la cláusula precedente, aún cuando "EL MUNICIPIO" debiere erogar una suma mayor para
Sebastián de la Vallinalizar la Obra: "URBANIZACIÓN VALLE CHICO I', que motiva la celebración de este
Nas Ei ura Proviniaracuerdo. Es exclusiva responsabilidad de "EL MUNICIPIO" pagar cualquier suma que ejecución.
ampliación de "LA OBRA", emisión de certificados parciales de obra o definitivos. incluyendo
las derivadas de relaciones contractuales, laborales u otra naturaleza "EL MUNICIPIO" exime
expresamente, ante si y frenté a terceros, a "LA PROVINCIA" del pago de cualquier otra suma
distinta de la que se compromete a aportar, según su disponibilidad presupuestaria y de fondos.
en la cláusula PRIMERA.
CUARTA: "EL MUNICIPIO" exime expresamente a "LA PROVINCIA" de cualquier
responsabilidad, vinculada a "LA OBRA", siendo "EL MUNICIPIO", el exclisivo responsable
de la ejecución de la misma, manejo de los fondos que se le aporta y de aquellos que se
comprometiere o debiere erogar a los fines de concluirla. Asimismo, es exclusivo y excluyente
responsable por los daños y perjuicios e cualquier otro reclamo indemnizatorio de cualquier
naturaleza que pudiere efectuar con origen; consecuencia o derivación de "LA OBRA" en
festión. "EL MUNICIPIO" asume la obligación de excluir a "LA PROVINCIA" de cualquier
reclame que se le pudiere efectuar vinculado
mencionada, su proyección, su
Dr. Mariano
Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel