Ordenanza Municipal N° 331/2024/2024
RATIFICACION CONVENIO ENTRE MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y EL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO- DEPTO.EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 331/2024
TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO
VISTO: El Convenio de obra suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Instituto
Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPV), el día 24 de septiembre del 2024
(Expte. 371/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio mencionado en el visto, establece que el INSTITUTO, aportara la
suma de pesos sesenta y tres millones doscientos noventa y tres mil setecientos doce
($63.293.712.0) por el valor de la UVI al 31 de agosto del 2024, a la Municipalidad de
Esquel.
Que, el destino de esos fondos será para la ejecución de la obra "Construcción de 1
vivienda de 2 dormitorios para el Sr Diego Carlos Brand" estableciéndose un plazo de
ejecución de trescientos (300) días corridos contados a partir del inicio de obra.
Que, los fondos serán girados al Municipio una vez que esté
aprobada la
documentación técnica y legal y se encuentre confeccionada el acta de inicio de obra. A
su vez el Municipio designará un profesional que será responsable de la ejecución de
los trabajos, controlando la calidad de los materiales, como así también la vigilancia y
control que derivan de la figura de un Director de Obra
Que el plazo de amortización para la cancelación total del préstamo será abonado por
el Municipio en trescientos (300) cuotas mensuales y consecutivas.
Que, por ello corresponde ratificar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de
Esquel, y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio Ejecutivo suscripto entre la
Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano el
día 24 de septiembre del 2024, el cual se adjunta a la presente como Anexo I.
ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 12 de Diciembre de 2024.-
AGARK Poni
Dr. Narian Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 20º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 28/2024, registrada como Ordenanza N° 331/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 17 de diciembre de 2024.
Lus Maria Aguirre
secretario Gral. de Coordinación
Municipalidad de Esquel
Matías F. Taccetta
Thtendente
Municipalidad de Esquel
11 ..
POLIO
3
ANCA DEL HUEL
ROMINA DURAND
Dirección G
neral de Rentas
Provinda del Chubut
PROVINCIA DEL CHUBUT
D.G.R.
IMPUESTO DE SELLOS
EXENCION SUBJETIVA
CONVENIO EJECUT
PARA
A CONSTRUCCION DE
22099941-01
1 VIVIENE RECTOR
24/09/2024
FECHA PRESENT. : 25/09/2024
MITORIOS PARA ELPORTE:
EXENTO
FIRMA:
SR. DIEGO CARLOS BRAND Y SU GRUPO FAMILIAR
Arq. Lucia Ines TAYLOR
GERENTE GENERAI
nslituio frovincia te a Vivienda!
Maria L
SANGUINETTI
BOGADA
Durer.t
suntos Juridicos
Instilung Provinciat de la Vivienda y
Urhano
Entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano,
representado en este acto por su Presidente, Sr. Federico Esteves,
que obra en uso de las facultades conferidas por el Decreto N°
1557/23, en adelante "EL INSTITUTO" y por la otra parte la
Municipalidad de Esquel, representada por el Intendente de esa
localidad, Cr. Matías F. Taccetta, en adelante "EL MUNICIPIO", se
celebra el presente Convenio Ejecutivo para la ejecución de una obra
delegada con asistencia financiera de "EL INSTITUTO" con recursos
FO.NA.Vl., en el marco de la operatoria tendiente a atender
esfuerzos autogestionarios de la comunidad y sujeto a las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: "EL MUNICIPIO" ejecutará la obra: "Construcción de 1
vivienda de 2 dormitorios para el Sr. Diego Carlos Brand y su
grupo familiar, en la localidad de Esquel", estableciéndose un
plazo de ejecución de trescientos (300) días corridos contados a
partir del acta de inicio de obra.-- - -
SEGUNDA: "EL INSTITUTO" aportará la suma de PESOS SESENTA
Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL
Dr.
Wanano Palma
Secretario Legislativ
I. Concejo Deliberant
Ciudad de Esquel
FOLIO
. SETECIENTOS DOCE ($63.293.712,00.-), por el valor de la UVI al 31
de agosto de 2024 (UVI: $887,95) según publicación del Banco
Central de la República Argentina (BCRA), que resulta equivalente a
la suma de SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON
SETENTA Y DOS Centésimas de Unidades de Vivienda (UVI
71.280,72), conforme valores vigentes expresados en UVI según
Resolución N° 989/24 IPVyDU. -
~ TERCERA: "EL MUNICIPIO" ejecutará la obra por sí o por terceros
en la localización por él predeterminada. Asimismo "EL MUNICIPIO"
designará
un profesional técnico (Ingeniero Civil y/o en
Construcciones, Arquitecto o Maestro Mayor de Obras) que será
responsable de que la ejecución de los trabajos se efectúen de
acuerdo al proyecto aprobado, plan de trabajos y especificaciones
técnicas, controlando la calidad de los materiales como así también
las demás atribuciones y obligaciones de vigilancia y control que
derivan de la figura de un Director de Obra.-...
CUARTA: El monto que financiará "EL INSTITUTO", le será girado a
"EL MUNICIPIO", una vez aprobada la documentación legal, técnica y
se encuentre formalmente confeccionada el acta de inicio de obra por
parte de la Dirección de Construcciones, de la siguiente forma: a)
hasta un diez por ciento (10%) del monto total del crédito expresado
en UVI como anticipo de obra; este anticipo se regirá por lo dispuesto
Dr.
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel