🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 333/2024/2024

Fecha de Sanción: 2024-12-12
Fecha de Promulgación: 2024-12-17
Ciudad: Esquel, Chubut

MODIFICACION ORDENANZA N° 89/04- HORARIO DE RIEGO- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 333/2024 TEMA: MODIFICACIÓN ORDENANZA N° 89/04 - HORARIO DE RIEGO. VISTO: El proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal y la problematica existente con la provisión de agua potable en nuestra ciudad (Expte. 258/24) y, CONSIDERANDO: Que, desde el Departamento Ejecutivo Municipal; manifiestan que, en reuniones que se mantuvieron con integrantes del Consejo de Administración de la Cooperativa 16 de Octubre, reiteran su preocupación por el uso indiscriminado del agua sin respetar la normativa vigente. Que, por tal motivo requieren de una modificación a la ordenanza actual a los fines que sea más efectiva en su aplicación, ya que, de continuar con la situación actual se deberá optar por el corte del servicio por sectores o en forma total en las horas que se agudiza el problema, lo cual, constituye una medida técnicamente contraproducente. Que, es necesario determinar la punibilidad ante la falta de cumplimiento del horario establecido para riego, lavado de veredas, vehículos, ya que perjudica directamente a la población que ve disminuida su necesidad vital de utilización del recurso hídrico, tanto para su alimentación como higiene personal. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART.1° MODIFIQUESE el Art. 3º de la Ordenanza N° 89/04, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 3°: La falta de cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza tendrá la siguiente sanción: cincuenta (50) a cien (100) módulos. Las reincidencias a la infracción de la presente se aplicarán de acuerdo a lo dispuesto en el art. 29 de la Ordenanza N° 132/98" ART.2°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archivese.- Esquel, 12 de diciembre de 2024. Pina Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 20º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 28/2024, registrada como Ordenanza Nº333/2024. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 17 de diciembre de 2024 Luis Maria Aguirre -Secretario Grat. de Coordinación Municipalidad de Esquel Costast. Tacotta intendente Municipalidad de Esquel