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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 339/24/2024

Fecha de Sanción: 2024-12-12
Fecha de Promulgación: 2025-01-06
Ciudad: Esquel, Chubut

FRACCIONAMIENTO SRES. LAPENNA-CRIADO- SR. ANDRES LAPENNA

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut" ORDENANZA N° 339/2024 TEMA: FRACCIONAMIENTO SRES LAPENNA- CRIADO VISTO: La nota presentada por el Sr. Andrés Lapenna (Expte. 85 /22) y, CONSIDERANDO: Que, mediante la misma se solicita la excepción a lo dispuesto en el Código de Planeamiento Urbano vigente para realizar un fraccionamiento en parte de la Parcela 24 -Sector 3 - Circunscripción 3 de esta ciudad, de propiedad de su madre María Isabel Criado, a quien representa en carácter de apoderado según consta en fs. 5 y 6. Que, la fracción a lotear se encuentra ubicada en zona R 4 de acuerdo a lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano Que, solicita que el proyecto de fraccionamiento se realice de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza 237/2020, norma que quedó derogada por el Art.3° de la Ordenanza 207/21, con lo cual requiere excepción de este HCD Que, por todo lo expuesto y los antecedentes obrantes en el Expediente, la Comisión de Obras Públicas del HCD decide emitir despacho favorable a lo solicitado. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: AUTORIZASE el pedido de excepción a los artículos 162 y 163 del Código de Planeamiento Urbano, Ordenanza 207/21, formulado por el Sr. ANDRES IGNACIO LAPENNA D.N.I. 29.645.929, Apoderado de la Sra. MARÍA ISABEL CRIADO D.N.I. 10.767.809, propietaria de la Parcela 24- Sector 3 - Circunscripción 3 de esta ciudad para realizar un fraccionamiento en la parte de la mencionada parcela de acuerdo al croquis que se adjunta a la presente como Anexo I. RI. 2: No se permitira el ingreso de expedientes de obra, ni publicaciones de venta a las parcelas de dicho loteo, lasta que no se hava expedido el visto bueno de correspondiente plano de mensura. ART. 3°: Dicho proyecto de fraccionamiento deberá cumplir indefectiblemente con la Ordenanza 82/24 y los indicadores urbanísticos de la ZONA R3 del Código de Planeamiento Urbano vigente. ART. 4°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese. Esquel, 12 de Diciembre de 2024.- Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Héctor Rubén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 20º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N° 28/2024, registrada como Ordenanza Nº339/2024. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubur" POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 06 de Enero de 2025 Luis Maria Aguirre Secretario Gral, de Coordinacjón Municipalidad de Esquel Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel a 10.55 23,55 20,55 27,07 22,35 31,00 21,10 11.?. 38,8 21.02 19531-23- 27,00 27,00 No 2. R 38.00. FO fo 31.41 No 30,00 26,39 20,5 21.55 20,53 8.1. *1 ?. ?.C FOLIO 20.42 12.1. 28.42 22.4 fo 20,42 20,42 21.42 TRAS FE 20.% 28,6: fo 28,42 22.11 22.42 28.62 21.+ ® 28,62 20,62 fo 21.42 28,42 11.42 21,61 1404110 480480480 T3.15 16 23,07012 21,42 22.00 17.07 21.40 21.42 11.42 38, 01. 472035 202482179 22.7 1112 s) 40 470467403 29,42 28.42 1.02 73 040+f07 28.62 28,62 21,40 #lo: 6:496-961407 11.1 or Mariana salma Becretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel 1.7 105469. h.12.22 s2