Ordenanza Municipal N° 339/24/2024
FRACCIONAMIENTO SRES. LAPENNA-CRIADO- SR. ANDRES LAPENNA
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N° 339/2024
TEMA: FRACCIONAMIENTO SRES LAPENNA- CRIADO
VISTO: La nota presentada por el Sr. Andrés Lapenna (Expte. 85 /22) y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la misma se solicita la excepción a lo dispuesto en el Código de Planeamiento
Urbano vigente para realizar un fraccionamiento en parte de la Parcela 24 -Sector 3 -
Circunscripción 3 de esta ciudad, de propiedad de su madre María Isabel Criado, a quien
representa en carácter de apoderado según consta en fs. 5 y 6.
Que, la fracción a lotear se encuentra ubicada en zona R 4 de acuerdo a lo establecido en
el Código de Planeamiento Urbano
Que, solicita que el proyecto de fraccionamiento se realice de acuerdo a lo estipulado en
la Ordenanza 237/2020, norma que quedó derogada por el Art.3° de la Ordenanza
207/21, con lo cual requiere excepción de este HCD
Que, por todo lo expuesto y los antecedentes obrantes en el Expediente, la Comisión de
Obras Públicas del HCD decide emitir despacho favorable a lo solicitado.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE el pedido de excepción a los artículos 162 y 163 del Código de
Planeamiento Urbano, Ordenanza 207/21, formulado por el Sr. ANDRES IGNACIO
LAPENNA D.N.I. 29.645.929, Apoderado de la Sra. MARÍA ISABEL CRIADO D.N.I.
10.767.809, propietaria de la Parcela 24- Sector 3 - Circunscripción 3 de esta ciudad para
realizar un fraccionamiento en la parte de la mencionada parcela de acuerdo al croquis
que se adjunta a la presente como Anexo I.
RI. 2: No se permitira el ingreso de expedientes de obra, ni publicaciones de venta a
las parcelas de dicho loteo,
lasta que no se hava expedido el visto bueno de
correspondiente plano de mensura.
ART. 3°: Dicho proyecto de fraccionamiento deberá cumplir indefectiblemente con la
Ordenanza 82/24 y los indicadores urbanísticos de la ZONA R3 del Código de
Planeamiento Urbano vigente.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 12 de Diciembre de 2024.-
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 20º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta N°
28/2024, registrada como Ordenanza Nº339/2024.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubur"
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archívese
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 06 de Enero de 2025
Luis Maria Aguirre
Secretario Gral, de Coordinacjón
Municipalidad de Esquel
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel
a 10.55
23,55
20,55
27,07
22,35
31,00
21,10
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38,8
21.02
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27,00
27,00
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Becretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
1.7 105469.
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