Ordenanza Municipal N° 353/2024/2024
Plan especial de pago por impuesto inmobiliario- Sra. Susana Margarita Orieta
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
1 p.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N°353/2024
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La nota presentada por la Sra. Orieta Susana Margarita (Expte. 89/24) y,
CONSIDERANDO:
Que,la Sra. Orieta solicita mediante nota, se le otorgue un plan especial de pago por la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de impuestos
inmobiliarios, con la condonación del cincuenta (50%) por ciento de los intereses
devengados.
Que, en razón de sus ingresos, no le permiten afrontar la totalidad de la misma dado
que es trabajadora de la economía social y solidaria, venta de comida rápida en carrito
y con un menor a su cargo, pero, asimismo puede acceder a un plan especial
manteniendo voluntad de pago y cancelación de dicha deuda.
Que, por los antecedentes que obran en el expediente respectivo, los ediles que
conforman la Comisión de Hacienda del HCD, deciden emitir despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE un plan especial de pago a la Sra. Orieta Susana Margarita DNI:
22.878.730, por la totalidad del capital adeudado y el 50% de los intereses devengados
en concepto de deuda de impuestos inmobiliarios y tasa de conservación medio
ambiental, hasta el 31 de diciembre del corriente sobre la deuda exigible (01/2019 al
12/2024). Dicho plan consiste en veinticuatro (24) cuotas, por un valor de Pesos
veinticinco mil, ciento noventa con cuarenta y siete centavos ($25.190,47) cada una, las
que serán iguales, mensuales y consecutivas, sin actualización ni intereses. Dicho plan
recae sobre el inmueble identificado como: I0009169.
ART. 2°: CONDONANSE a la Sra. Orieta, el cincuenta por ciento (50%) de los
intereses devengados por la deuda de impuesto inmobiliario referenciada en el artículo
precedente, hasta el 31 de diciembre del corriente.
ART. 3°: El plan especial de pago establecido en el artículo 1° de la presente, deberá
promulgación de la Ordenanza, el
cual deberá
realizarse ante la Secretaría de
Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel, caso contrario
quedara sin efecto.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 20 de diciembre de 2024.-
Acuare.
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 21º Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 29/2024, registrada como Ordenanza Nº353/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: 27 de diciembre de 2024.
Luis María Aguirrer
Secretario Gral de Coordinación
Municipalidad de Esquel
MaNas F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel