Ordenanza Municipal N° 362/2024/2024
Extensión Licencia por atención familiar- Sra. Valeria Daniela Vargas
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut"
ORDENANZA N°362/2024
TEMA: EXTENSIÓN LICENCIA POR ATENCION DE FAMILIAR
VISTO: La situación familiar de la agente municipal Valeria Daniela Vargas (Expte.
424/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la agente Valeria Daniela Vargas, presenta nota con fecha 2 de diciembre del
corriente año, solicitando se le extienda la licencia por atención familiar enfermo hasta
el 31 de diciembre del corriente año, adjuntando documentación consistente en
Certificado Médico e Historia Clínica, por el cuidado de su padre Vargas Ángel Cesar,
quien se encuentra realizando tratamientos oncológicos fuera de la ciudad.
Que, según constancias obrantes en el legajo de la agente Vargas, excedió los 12 días
contemplados en el artículo 58º del Estatuto para el Personal Municipal, Ordenanza N°
Que, a los fines de que no se proceda al descuento de sus haberes, hizo uso de su
licencia anual por vacaciones, disponiendo de setenta (70) días correspondientes al año
2023 y 2024.
Que, es opinión del Concejo Deliberante, otorgar la ampliación de la licencia por
Atención Familiar prevista por el Artículo 58°, con goce íntegro de haberes,
retroactivamente desde el 28 de agosto de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024 a
favor de la agente Vargas, y recuperando de esta forma los días que disponía por
licencia anual de vacaciones que corresponden a los año 2023 y 2024.
dicha licencia será utilizada para el cuidado de su padre en el plazo
precedentemente mencionado, y acreditado mediante certificado médico e historia
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, en forma excepcional, a
ampliar la licencia establecida en el Artículo 58° (Licencia por atención de familiar)
prevista en el Estatuto para el Personal Municipal - Ordenanza N° 40/86-, con goce
integro de haberes, a favor de la agente municipal Vargas Valeria Daniela DNI N°
28.748.705, Planta Permanente, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano,
Salud y Hábitat, a fin de asistir y acompañar a su padre quien debe realizar tratamiento
oncológico tuera de la ciudad.-
ART. 2°: Dicha ampliación de licencia por atención familiar, corresponderá se autorice
de manera retroactiva a partir del día 28 de agosto al 31 de Diciembre del corriente año,
supeditado a la evolución del paciente y sin perjuicio del deber de prestar servicio
cuando le sea requerida su asistencia, con la condición de presentación de certificados
médico correspondiente.
ART. 3°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 20 de diciembre de 2024.-
Weno palma
Acuare Mini
Héctor Rubén Alvarez
Secretario Legislativ
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 21° Sesión ordinaria del 2024, bajo Acta
N° 29/2024, registrada como Ordenanza N° 362/2024.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año de conmemoración del 30° Aniversario de ja Reforma de la Constitución del Chubut"
SECRETARIA DE COORDINACIÓN
de diciembre de 2024.
Luis Maria Aguirre
Secretano Grat de Coordinación
Municipalidad de Esquel
Matías F. Taccerta
Intendente
Municipalidad de Esquel
RESOLUCION N° 2524/2024
VISTO:
La Ordenanza N° 362/2024;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza de VISTO autoriza en forma excepcional a ampliar la
licencia establecida en el Artículo 58 (Licencia por atención de familiar) a favor de
la agente Municipal Valeria Daniela VARGAS DNI N° 28.748.702, siendo de
manera retroactiva desde el 28 de Agosto de 2024 y hasta el 31 de Diciembre de
2024;
Que, debe considerarse que la agente Vargas se encuentra prestando
con licencia ordinaria;
Que, a su vez dicha excepción, generará antecedentes que pueden facultar
una práctica constante, evitando lo reglamentado mediante el Estatuto para el
Personal Municipal.
Que, por lo expuesto precedentemente, debe ser vetada en su totalidad la
Ordenanza de VISTO, por este Departamento Ejecutivo;
Que, se debe dictar la norma legal que aprueba lo expuesto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ESQUEL EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI-46 (antes 3098)
RESUELVE
ART. 1: VETASE en su totalidad la Ordenanza N° 362/2024, de conformidad a las
facultades otorgadas por el Art. 75 Inc. 1° de la Ley XVI N° 46 del DJP.
ART. 2: Registrese, comuníquese,
dese al Boletín Municipal y cumplido
archívese.
Esquel, 30 de Deciembredel 2024.
Luis Maria Aguirre
Secretario Gral. de Coordinación
Municipalidad de Esquel
Matías F. Taccetta
intendente
Municipalided de Esquel