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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 03/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-02-07
Fecha de Promulgación: 2025-02-11
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 219/2025

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

???.. H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA Nº03/2025 TEMA: RATIFICACIÓN RESOLUCION N° 219/2025. VISTO: El Decreto Provincial N° 47/2025 y La Resolución N° 219/2025, del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 06 de febrero de 2025; (Expte. N° 29/2025) y, CONSIDERANDO: Que, mediante dicho Decreto se Declara la emergencia ignea en el área Cordillerana de la Provincia del Chubut y la Resolución N° 219/2025 elevada por el D.E.M. Ad - Referéndum del Honorable Concejo Deliberante Declara el Estado de alerta Ambiental por riesgo de incendios mientras dure la emergencia establecida. Que, la situación actual de los recientes incendios ocasionados en la Comarca Andina de Chubut y Rio Negro reviste una gravedad significativa causando daños que generan gravísimas consecuencias sociales y económicas. Que, es deber del Municipio adoptar medidas preventivas y operativas para proteger a toda la comunidad. Que, por lo expuesto se acuerda ratificar la mencionada Resolución. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: Ratificase en todos sus términos la Resolución N° 219/2025 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 06 de febrero del corriente año. ART 2°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese. - Esquel, 07 de febrero de 2025. Dr. Mar Mano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Acinez, Sr. Rubén Alvarez Pusis Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 2° Sesión extraordinaria del 2025, bajo Acta N° 02/2025, registrada como Ordenanza N° 03/2025. H. Concejo Deliberante De Esquel POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA 11 de febrero de 2025. Sr. GUST IVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matias F. Faccetta Intendente Municipalidad de Esquel INT. RESOLUCIÓN N°219/2025 FOLIO N° María Rocio Ferré SUBSECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPALIDAD DE ESQUEL VISTO: El Decreto Provincial N° 47/2025, mediante el 'cual se declara hasta el 31 de Mayo de 2025 el estado de emergencia ígnea en el área cordillerana de la Provincia del Chubut, y CONSIDERANDO: Que la situación actual reviste una gravedad significativa que afecta a todo el ejido municipal de Esquel. Que los recientes incendios en la comarca andina de Chubut y Río Negro han generado una profunda preocupación en la sociedad debido a su magnitud y consecuencias. Que es deber de esta Municipalidad adoptar medidas preventivas y operativas para proteger a la comunidad y el medio ambiente. Que, asimismo, la falta de mantenimiento y limpieza de terrenos baldíos y propiedades genera un riesgo adicional de propagación de incendios, por lo que resulta imperativo recordar y reforzar las obligaciones establecidas en la Ordenanza N° 110/16. Que los incendios, además de causar daños personales, generan gravísimas consecuencias patrimoniales, afectando la producción, el turismo y otras numerosas actividades, como así también la destrucción de áreas naturales, el deterioro de la flora y fauna, la contaminación de lagos, la desertificación y la erosión del suelo, por lo que se impone la obligación de arbitrar todas las medidas necesarias para prevenir dichas consecuencias. Que la presencia de visitantes y actividades recreativas en áreas naturales de alto valor ambiental como la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta y Alto Río Percy exigen medidas específicas para evitar riesgos de incendios. POR ELLO: EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI - N° 46 (ANTES 3098) RESUELVE ART. 1°: DECLÁRASE el Estado de Alerta Ambiental por riesgo de incendios mientras dure la emergencia establecida por el Decreto Provincial N° 47/2025. ART. 2°: PROHIBIR totalmente y hasta nuevo aviso el usó del fuego en el área de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta y Alto Río Percy, con la única excepción de las instalaciones especialmente dispuestas para cocinar alimentos en los campamentos organizados, que sean administrados por prestadores turísticos habilitados. ART. 3°: DISPONGASE que, por intermedio de la Dirección de Comunicación al Vecino, deberá darse amplia difusión y publicidad a lo dispuesto en este instrumento legal.