Ordenanza Municipal N° 129/2017/2017
RATIFICACION CONVENIO CON UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA.
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA Nº 129/17
TEMA: RATIFICACION CONVENIO CON UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA
PATAGONIA
VISTO:
El Convenio firmado entre la Municipalidad de Esquel y la Universidad Nacional de la
Patagonia San Juan Bosco (Expte. 183/17), y
CONSIDERANDO:
Que en mismo se firmó a los 22 días del mes de junio de 2016, entre la Municipalidad de
Esquel y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de la Patagonia San
Juan Bosco.
Que el mismo tiene por objeto la realización de pasantías Educativas, por la cual alumnos/as
de la citada Universidad realizarán prácticas profesionales supervisadas, relacionadas con su
formación y especialización bajo el control y la organización de la Facultad de Ciencias
Económicas en la Municipalidad de Esquel.
Que dicho convenio expresa en su cláusula Sexta, el procedimiento por el cual alumnos de la
Facultad de Cs. Económicas, podrán acceder a dichas pasantías.
Que la Comisión de Asuntos Legales, ha emitido despacho favorable al pedido de ratificación
de convenio respectivo, por parte del HCD Esquel.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1º: RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio entre la Municipalidad de Esquel y
la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan
Bosco firmado a los 22 días del mes de junio de 2016, el cual se adjunta como Anexo I de la
presente.
ART. 2º: Regístrese, comuníquese, y cumplido archívese.
Esquel, 10 de Agosto de 2017.
Mariela Sánchez Uribe Jorge Junyent
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión Ordinaria del 2017, bajo Acta 12/17,
registrada como Ordenanza Nº 129/17.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de agosto de 2017.