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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 12/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-03-14
Fecha de Promulgación: 2025-03-18
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA N° 12/2025 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS VISTO: La presentación realizada por la Sra. Eugenia Traipe (Expte. 57/10) y, CONSIDERANDO: Que, la Sra. Traipe solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de impuestos inmobiliarios, dado que la misma es pensionada, presenta certificado único de discapacidad y por omisión de manera involuntaria, no logró gestionar el trámite de éxención del pago establecido en la Ordenanza Nº 201/23 en tiempo y forma. Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 establece que, se encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario la unidad habitacional en donde residan personas con discapacidad debidamente certificada. Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención. Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad de condonar la misma hasta la fecha de promulgación de la presente y eximirla del pago de dicho tributo hasta el 31 de diciembre del corriente, a los fines que, la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con anterioridad para el año 2026. Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: CONDÓNASE a la Sra. Eugenia Traipe DNI: 21.021.562, la totalidad de lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza que recae sobre el inmueble identificado como Objeto 10011366, en virtud de lo establecido en el art. 98 de la Ordenanza N° 201/23 ART. 2º: EXIMIR a la Sra. Traipe del pago del impuesto inmobiliario, que recae sobre el inmueble identificado en el artículo precedente, hasta el 31 de diciembre del corriente año, en virtud de lo establecido en el Código Tributario Municipal vigente. ART. 3°: NOTIFIQUESE a la Sra. Traipe que, en el mes de diciembre de cada año deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el Art. 98° de la Ordenanza N° 201/23. ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 14 de marzo de 2025.- Dr. Mariano Palma Secretario Legislativ H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Héctor Rubén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N° 05/2025, registrada como Ordenanza N° 12/2025. H. Concejo Deliberante De Esquel POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal/ registrese, Municipal ? cumplido archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 18 de marzo de 2025. al Boletín Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECREZARIO GRAL. DE INTENDENCIA MONICIPALIDAD DE ESQUEL Marias F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel