Ordenanza Municipal N° 30/2025/2025
Modificación de Art. 12 Ord. Nº 166/18 del Sistema de Estacionamiento Medido (SEM)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N°30/2025
TEMA: Modificación de Art. 12 Ord. N° 166/18 DEL SISTEMA DE
ESTACIONAMIENTO MEDIDO (SEM)
VISTO: El Art. 12 de la Ordenanza N° 166/18 y los alcances de las normativas
mencionadas a las demandas actuales, con el propósito de mejorar y optimizar la
eficacia del sistema, y;
CONSIDERANDO:
Que, actualmente el SEM se rige por las Ordenanzas N° 166/18 texto ordenado de
Ordenanza N° 194/16, Ordenanza N° 173/2020 y Ordenanza 14/2025, siendo
necesario ajustar los alcances de las normativas mencionadas a las demandas
actuales, con el propósito de mejorar y optimizar la eficacia del sistema.
Que, el ART. 12 de la Ordenanza N° 166/18 y sus modificatorias, en sus Incisos
A-G establecen los tipos y modalidades de Franquicias a otorgar en el Radio del
SEM, de carácter excepcional y según los requerimientos para cada franquicia en
especial.
Que, mediante Ordenanza N° 173/2020 se incorporó el inciso H al Art. 12° de
la Ordenanza N° 166/18.
Que, asimismo dentro de las franquicias establecidas para el radio del SEM, debe
incluirse a las empresas de alquiler de vehículos bajo la modalidad de "Rent a
Cars", ya que brindan un servicio fundamental para visitantes, turistas y
excursionistas, permitiendo la movilidad de ellos, facilitando el acceso a distintos
puntos de interés en la ciudad,
, la comarca y en algunos casos cuentan con
habilitaciones
para ingresar a Chile. Favoreciendo el desarrollo de turismo a nivel
internacional.
Que, es necesario actualizar los requisitos, contando con criterios claros y
ordenados en cuanto a la normativa del SEM, donde se refleje un enfoque integral
para mejorar la gestión del estacionamiento en la ciudad, garantizando que la
normativa sea eficiente, justa, y esté alineada con las necesidades y avances
actuales.
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ESQUEL, en uso de las
atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ART. 10: INCORPORASE el Inc. I) al ART. 12° de la Ordenanza N° 166/18, el cual
quedará redactado de la siguiente manera:
I) EMPRESAS DE ALQUILER DE VEHICULOS: Exímase del pago del Sistema de
Estacionamiento Medido (SEM) a las empresas de alquiler de autos bajo la
modalidad "Rent a Cars" habilitadas en la ciudad de Esquel. Para su exención
deberán reunir los siguientes requisitos:
• Habilitación Comercial Vigente.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
• Nómina de vehículos afectados al servicio de alquiler incluyendo copia de
cedula del automotor.
• Libre deuda municipal.
La flota vehicular declarada deberá indefectiblemente tributar el impuesto sobre el
parque automotor en la ciudad de Esquel, debiendo presentar por escrito cualquier
cambio de titularidad del vehículo o de la razón social de la empresa titular del
vehículo.
La exención del pago del SEM solo se activará cuando la empresa notifique al
Departamento Ejecutivo Municipal que un vehículo ha sido alquilado, indicando el
numero de patente y el periodo de alquiler. La notificación deberá realizarse
mediante un sistema digital, correo electrónico o plataforma habilitada por el
Municipio, con confirmación de recepción por parte del SEM. Una vez finalizado el
período de alquiler informado, el vehículo volverá a ser sujeto del pago del SEM
hasta que se notifique un nuevo alquiler.
La Municipalidad podrá requerir la actualización de la nómina automotor y/o
cualquier otra documentación respaldatoria en caso de considerar necesario para
el otorgamiento o vigencia de la presente exención.
ART. 2: ESTABLESCASE como requisitos para el otorgamiento de las
franquicias del Sistema de Estacionamiento Medido, que el/los solicitantes
deberán acreditar la identidad del vehículo, con la propiedad y su titular, como así
también que los mismos estén patentados y tributen en la ciudad de Esquel,
aplicándose a los incisos: A) Medios de Comunicación; B) Inquilinos y propietarios;
C) Vehículos de Carga y descarga; E) Tercera Edad (mayores de 75 años); G)
Comerciantes; H) Ex Soldados combatientes en Malvinas y Zona Noroeste; I)
Alquiler de vehículos "Rent a Cars" del ART. 12° de la Ordenanza N° 166/18 y sus
respectivas modificatorias.
ART. 30: INSTRUYASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adoptar las
medidas necesarias para implementar ART. 1º de la presente ordenanza en un
plazo no mayor a noventa (90) días a partir de la fecha de promulgación.
ART. 4°: Registrese, comuníquese, y cumplido archívese.
Esquel, 28 de marzo de 2025.-
Dr. Mariand Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Hector Ruben Alvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2º Sesión ordinaria del 2025, bajo
Acta N° 06/2025, registrada como Ordenanza N° 30/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 03 de abril de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECAETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Taccetta
Ihtendente
Municipalidad de Esquel