Ordenanza Municipal N° 38/2025/2025
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA IMPUESTOS INMOBILIARIOS- SRA. ISABEL ROJAS-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 38/2025
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Rojas Isabel Alicia (Expte. 458/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Rojas solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
inmobiliario, dado que, percibe una jubilación mínima, y, según constancias obrantes
en el expediente se le imposibilita afrontar la totalidad de la misma
Que, el Código Tributario Municipal, en
su Art. 98 inc. 8 establece que, se
encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario por la junica unidad
habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados.
Que, dicha exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de
cada año, realice
el
tramite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad
de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a
los fines
que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites
correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con
anterioridad.
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.-
ORDENANZA
ART. 1°: CONDÓNASE a la Sra. Rojas Isabel Alicia DNI: 13.330.088 la totalidad de
lo adeudado en concepto de impuesto inmobiliario, hasta la fecha de promulgación
de la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como Objeto
ART. 2º: EXIMASE a la Sra. Rojas del pago del impuesto inmobiliario, desde la
fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por
el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art.
98 de la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias.
=..=
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ART. 3°: NOTIFÍQUESE a la Sra. Rojas que, en el mes de diciembre de cada año
deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante
el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el
Art. 98° de la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese ?, cumplido, archívese.
Esquel, 11 de abril de 2025.-
DY N
alma
Secretario Legislativ
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
AlAnes Ron
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3° Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta
N° 07/2025, registrada como Ordenanza N° 38/2025
POR TANTO:_Téngase como Ordenanza Municipal,
regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 16 de abril de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARTO GRAL. DE INTENDENCIA
MURICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel