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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 40/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-04-11
Fecha de Promulgación: 2025-04-16
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO ENTRE MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y CENTRO DE JUBILADOS DE LOS BARRIOS BELLA VISTA Y ESTACION- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel" ORDENANZA Nº40/2025 TEMA: RATIFICACION CONVENIO VISTO: El Convenio de colaboración suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Centro de Jubilados de los Barrios Bella Vista y Estación (Expte. 94/25) y, CONSIDERANDO: Que, dicho convenio de colaboración tiene como finalidad que, la Municipalidad se colabore con el pago de los servicios de energía eléctrica y gas del inmueble sito en calle Miguens N° 1318 de la ciudad de Esquel, donde funciona el Centro de Jubilados, a los fines de garantizar su funcionamiento y continuidad Que, dicho convenio se celebra en el marco del reconocimiento de la importancia social y cultural para los adultos mayores que puedan contar con un espacio físico como el brindado para el Centro de Jubilados, donde se les proporciona un lugar de contención, recreación, capacitación, entre otros fines. Que, dicho convenio tiene vigencia hasta el 8 de diciembre del año 2027, venciendo por el mero cumplimiento del plazo. Que, la comisión de asuntos legales del HCD, emite despacho favorable y acuerda ratificar el presente convenio de colaboración. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio de colaboración suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Centro de Jubilados de los Barrios Bella Vista y Estación, de fecha 24 de enero del corriente año, el cual se adjunta como Anexo I de la presente. ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 11 d abril de 2025.- DA Mariano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Héctor Rubén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel" Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N° 07/2025, registrada como Ordenanza N° 40/2025. POR TANTO:_Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 16 de abril de 2025. sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matias F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel 11 p. FOLIO N°. 2 CONVENIO DE COLABORACIÓN Salto Justo Marcos Lais entre la Municipalidad de Esquel, representada en este acto505BfORA Nº. ESQUEL Direccion Generalde Rentas Intendente Municipal, Matías F. TACCETTA, con domicilio Preyipcia dal faubut Bartolomé Mitre n° 524 de Esquel, por una parte, en adelante denominado "LA MUNICIPALIDAD", y por la otra parte, la Sra. Matilde Doralisa PETERSEN, DNI 11.796.866, en su carácter de Presidenta del Centro de Jubilados de los Barrios Bella Vista y Estación de Esquel, con domicilio en calle Miguens n° 1318 de Esquel, en adelante denominado "EL CENTRO DE JUBILADOS", se ha convenido en celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas:- ANTECEDENTES: LA MUNICIPALIDAD reconoce la importancia social y cultural para los adultos mayores de los Barrios Bella Vista y Estación de Esquel de contar con un espacio como el brindado por EL CENTRO DE JUBILADOS, donde se les proporciona un lugar de reunión, contención, recreación y capacitación, independientemente de su condición social, cultural o económica.- CRISTIAN MAURO LLAMPA por de Asesoría Legal Municipalidad de Esquel PRIMERA LA MUNICIPALIDAD se obliga a abonar los servicios de energía eléctrica y gas del inmueble sito en calle Miguens n° 1318 de Esquel, donde funciona EL CENTRO DE JUBILADOS, a los fines de garantizar su funcionamiento y continuidad. A dichos efectos EL CENTRO DE JUBILADOS presentará las facturas correspondientes ante LA MUNICIPALIDAD con una antelación mínima de diez (10) días a su vencimiento. En caso de que EL CENTRO DE JUBILADOS no presentare en término las respectivas facturas LA MUNICIPALIDAD no asumirá el pago de los intereses generados por mora, reconexión y/o cualquier otro concepto que por dicho incumplimiento se genere.-- SEGUNDA: El plazo de vigencia del presente convenio será a partir de su suscripción y hasta el día 08 de Diciembre de 2027, venciendo por el mero cumplimiento del plazo, sin necesidad de aviso previo ni de notificación alguna.--- TERCERA: Las relaciones entre las partes se basarán en los principios de buena fe y cordialidad, y ante dualquier controversia derivada de la interpretación, aplicación y ejecución del presente Convenio, se Becretario Legislat H. Concejo Delibe- Ciudad de Esr! t