Ordenanza Municipal N° 41/2025/2025
RATIFICACION CONVENIO ENTRE MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Y CENTRO DE JUBILADOS DEL OESTE DEL CHUBUT- DEPTO.EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 41/2025
TEMA: RATIFICACION CONVENIO
VISTO: El Convenio de colaboración suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el
Centro de Jubilados del Oeste del Chubut (Expte. 70/25) y,
CONSIDERANDO:
Que, dicho convenio de colaboración tiene como finalidad que, la Municipalidad se
colabore con el pago de los servicios de energía eléctrica y gas del inmueble sito en
calle Molinari N° 525 de la ciudad de Esquel, donde funciona el Centro de Jubilados
a los fines de garantizar su funcionamiento y continuidad
Que, dicho convenio se celebra en el marco del reconocimiento de la importancia
social y cultural para los adultos mayores que puedan contar con un espacio fisic
como el brindado para el Centro de Jubilados, donde se les proporciona un lugar de
contención, recreación, capacitación, entre otros fines.
Que, dicho convenio tiene vigencia hasta el 8 de diciembre del año 2027, venciendo
por el mero cumplimiento del plazo.
Que, la comisión de asuntos legales del HCD, emite despacho favorable y acuerda
ratificar el presente convenio de colaboración.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio de colaboración suscripto
entre la Municipalidad de Esquel y el Centro de Jubilados del Oeste del Chubut, de
fecha 24 de enero del corriente año, el cual se adjunta como Anexo I de la presente.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 11 d abril de 2025.-
Mariano
alma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta
N° 07/2025, registrada como Ordenanza N° 41/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: l6 de abril de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL, DE INTENDENCIA
MONICIPALIDAD DE ESQUEL
Marlas F. Taccett
Intendente
MunicipaNdad de Esquel
FOLIO
CONVENIO DE COLABORACIÓN
Entre la Municipalidad de Esquel, representada en este boto pEnAN Estu
Intendente Municipal, Matías F. TACCETTA, con domicilio
Choviert of Chubuntas
Bartolomé Mitre n° 524 de Esquel, por una parte, en adelante denommado
"LA MUNICIPALIDAD", y por la otra parte, la Sra. Elvira Elsa ESCOBAR,
DNI 10.047.327, en su carácter de Presidenta del Centro de Jubilados del
Oeste Del Chubut "Aires de Cordillera" de Esquel, con domicilio en calle
Molinari n° 525 de Esquel, en adelante denominado "EL CENTRO DE
JUBILADOS", se ha convenido en celebrar el presente convenio sujeto a las
siguientes cláusulas:--
CRISTÍAN MAURO LLAMPA
Director
de Asesoría Legal
Municipalidad de Esquel
ANTECEDENTES: LA MUNICIPALIDAD reconoce la importancia social y
cultural para los adultos mayores de contar con un espacio como el brindado
por EL CENTRO DE JUBILADOS, donde se les proporciona un lugar de
reunión, contención, recreación y capacitación, independientemente de su
condición social, cultural o económica.--
PRIMERA LA MUNICIPALIDAD se obliga a abonar los servicios de energía
eléctrica y gas del inmueble sito en calle Monilari n° 525 de Esquel, donde
funciona EL CENTRO DE JUBILADOS, a los fines de garantizar su
funcionamiento y continuidad. A dichos efectos EL CENTRO DE JUBILADOS
presentará las facturas correspondientes ante LA MUNICIPALIDAD con una
antelación mínima de diez (10) días a su vencimiento. En caso de que EL
CENTRO DE JUBILADOS no presentare en término las respectivas facturas
LA MUNICIPALIDAD no asumirá el pago de los intereses generados por
mora, reconexión y/o cualquier otro concepto que por dicho incumplimiento
se genere.-
SEGUNDA: El plazo de vigencia del presente convenio será a partir de su
suscripción y hasta el día 08 de Diciembre de 2027, venciendo por el mero
cumplimiento del plazo, sin necesidad de aviso previo ni de notificación
alguna.-
TERCERA: Las relaciones entre las partes se basarán en los principios de
buena fe y cordialidad, y ante cualquier controversia derivada de la
interpretación, aplicación y ejecución del presente Convenio, se
comprometen a agotar las medidas tendientes a poner fin al conflicto de
manera amigable y por medio de los canales administrativos pertinentes.—...
Becretario Legislativo
H. Concejo Deliberanto
Ciudad de Esquel