Ordenanza Municipal N° 49/2025/2025
PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA DE PAVIMENTO- SRA. AURORA ESCOBAR-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCV.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 49/2025
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO DEUDA PAVIMENTO
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Aurora Escobar (Expte. 411/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota, la vecina solicita se le otorgue un plan especial de pago
racional acorde a sus posibilidades económicas sobre la deuda que mantiene con la
Municipalidad de Esquel en concepto de pavimento, correspondiente a la obra
declarada de utilidad pública mediante ordenanza N° 155/23.
Que, la vecina, cuenta con escasos recursos económicos, percibiendo una jubilación
mínima, según constancias obrantes en el expediente.
Que, la misma tiene voluntad de pago, y esto permite evaluar la situación económica
del contribuyente a fin de establecer un plan de pago acorde con su capacidad
financiera, asegurando la satisfacción de la deuda dentro de un plazo razonable y
evitando perjuicios tanto para el administrado como para la administración pública.
Que, por lo expuesto, la Comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho
favorable a lo solicitado. *
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE un plan especial de pago a la Sra. Aurora Escobar DNI:
13.330.461, por la totalidad de la deuda que mantiene con la Municipalidad de
Esquel en concepto de obra de pavimento que recae sobre el inmueble identificado
como objeto: 10002895, hasta el 30 de abril del corriente año. Dicho plan consiste en
cuarenta y ocho (48) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas, sin actualización ni
intereses cada una de pesos cincuenta y nueve mil, ciento dieciocho con veintiún
centavos ($59.118,21).
ART. 2°: El plan de pago estipulado en el art. 1 de la presente, deberá ser
concretado dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos, contados a partir de
promulgada la presente ante la Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de
la Municipalidad de Esquel, caso contrario quedarán sin efecto.
ART. 3°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 11 d abril de 2025.-
*. 2
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
Acarezksi
Dr. Marano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta
N° 07/2025, registrada como Ordenanza N° 49/2025.
Municipal ? cumplido archívese.
POR TANTO: Tengase como Ordenanza Municipal, røgistrese, dese al Boletin
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 16 de abril de 2025.
Sr. GUSTAVO ARTEL SIMIELI
SECRETARIO BRAL. DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel