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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 63/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-04-25
Fecha de Promulgación: 2025-05-05
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESION DISPOSICION N° 75/24- CAPACITACION DENTRO DEL MARCO DEL PLAN INTEGRAL DE MOVILIDAD INCLUSIVA- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HLy. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 63/2025 TEMA: ADHESIÓN DISPOSICIÓN N° 75/24 SSAT/GB CAPACITACITACION DENTRO DEL MARCO DEL PLAN INTEGRAL DE MOVILIDAD INCLUSIVA VISTO: La Deposición N° 75/24. SSAT-GB, ratificada por Resolución N° 232-GB-2024, y (Expte. 107/25) y, CONSIDERANDO: Que, mediante la norma citada en el Visto, la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre de la Provincia del Chubut, crea la capacitación dentro del marco del Plan Integral de Movilidad Inclusiva, destinada a los choferes del servicio de autotransporte público de pasajeros. Que, dicho plan tiene como objeto fundamental la promoción de políticas de discapacidad en el transporte público. Que, el espíritu de dicha normativa provincial es garantizar un servicio de transporte público digno, respetuoso y eficiente, en concordancia con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la legislación nacional vigente. Cus resupa pio ri aridas a peso mas, con esperan a la a sie por en derecha al Único de Discapacidad (CUD). Que, es fundamental que este municipio se adhiera a dicha disposición, a fin de unificar criterios y brindar igualdad de oportunidades para todos los habitantes de nuestra comunidad. Que, en virtud de ello, la Comisión de Asuntos Legales del HCD, decide emitir despacho favorable a la adhesión de dicha Disposición Provincial. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente ORDENANZA ART.1°: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Disposición N° 75/2024 SSAT-GB de la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre de la Provincia del Chubut, ratificada por Resolución N° 232-GB-2024 del Ministerio de Gobierno, a fin de implementar dentro del ejido urbano la capacitación dentro del Plan Integral de Movilidad Inclusiva, destinada a choferes H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco» "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". de las empresas del servicio de transporte público de pasajeros. La misma se adjunta como Anexo I de la presente. ART.2°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo, a dictar normas y reglamentos que fueran necesarios a fin de adecuarse a los propósitos y finalidades de la Disposición N° 75/2024 SSAT-GB de la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre de la Provincia del Chubut. ART. 3°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese. Esquel, 25 de Abril de 2025. iph Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 4° Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N° 08/2025, registrada como Ordenanza N° 63/2025 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 05 de Mayo de 2025. Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matías F Tascetta Municipalidad pto Esquel "Aña de Conmemoración del 30º Aniversario de la Reforma de In Constucion de chubur FOLIO N° 3 REPÚBLICA ARGENTINA PROVINCIA DEL CHUBUT MINISTERIO DE GOBIERNO SUBSECRETARIA DE AUTOTRANSPORTE TERRESTRE RAWSON, 14 OCT 2024 VISTO: El expediente N°3143/2024-GB, la Resolución N°232/2024- GB, la Ley INº140, el Decreto PROVINCIA HIISTERIO N° 1407/2024; y CONSIDERANDO: IERNE Que la Resolución mencionada en el visto autoriza la, creación del Programa Nº1 SUBSECRETARIA Discapacidad en el Transporte", perteneciente al Plan Integral de Movilidad Inclusiva; Que el Programa N° 1 de dicho plan tiene como objeto fundamental la promoción de políticas de discapacidad en el transporte público,. IDE AUT SANSPORTE TERRESTE Que a su vez, a través del Eje Nº4 del mismo, se propuso la capacitación obligatoria en materia de discapacidad para los choferes de las empresas de transporte público; Que el objetivo de dicha acción radica en conseguir un resultado de buenas prácticas ante situaciones complejas en el transporte público; Que las empresas de transporte público de pasajeros de jurisdicción provincial, deberán acreditar el cumplimiento y aprobación de la capacitación del Eje Nº4 por parte de todos los empleados que figuren en el formulario de declaración jurada que los empleadores presentan ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I,P) denominado F.931, bajo la categoría "Conductor", bajo apercibimiento de las sanciones que correspondan; Que el plan de capacitación que se impulsa será de aplicación para las empresas de transporte público provincial y se invitará a los municipios a adherir para implementarlo en los servicios urbanos municipales; Que una vez finalizada la capácitación y aprobado el examen, recibirán una certificación D: Fablo Guit correspondiente; Que en la confección de los módulos teóricos ha participado la Dirección Provincial de Atención Integral de la Discapacidad dependiente de la Secretaría de Salud, y la Subsecretaria de Autotransporte Terrestre, dependiente del Ministerio de Gobierno; Que por lo expuesto en el párrafo anterior, la certificación estará firmada por el Sr. Ministro de Gobierno y la Sra. Secretaria de Salud, la Subsecretaria de Autotransporte terrestre y la Directora Provincial de Atención Integral de la Discapacidad; Que el cumplimiento de la capacitación que aquí se dispone se enmarca en el ANEXO A, Artículo 7), inciso 15) del Decreto N° 1 407/2024; Que será una obligación de las empresas de transporte público de pasajeros interurbano para poder acceder al beneficio de la compensación tarifaria mensual; Que la presente disposición se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº232/2024-GB y la Ley Provincial I Nº 140; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de I//... Dr. Malano Paim- Secretario Legislativo H. Concejo Deliberant. Ciudad de Esquel