Ordenanza Municipal N° 78/2025/2025
CONDONACION Y EXIMICION POR IMPUESTO INMOBILIARIO- SR. OSVALDO MARCELO GUALCHI-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. CoEeJo Deliberante
"AHO quincuagésimo de la Universidad Nacional
"Aio de Asociación Sirio de
ORDENANZA NO 78/2025
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICION
VISTO' La presentación realizada por el Sr. Gualchi Osvaldo Marcelo (Expte. 449/24) y,
CONSIDERANDO
Que, el Sr. Gualchi solicita la condonación y eximición del pago del impuesto inmobiliario;
dado que percibe una jubilación mínima y cuenta con un certificado único de discapacidad
diagnosticado con insuficiencia cardíaca, espondilolistesis, cardiomiopatía isquémica,
anormalidades de la marcha y de la movilidad, estenosis del canal neural por disco
intervertebral entre otros. Esta situación le impide generar ingresos
Que, a través de la Ordenanza NO 201/23, en su Art. 98 Inc. y, sus modificatorias, establece
que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como 'aquellas que habiten la unidad
habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto
inmobiliario.
Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide condonar y eximir del pago al Sr. Gualchi
sobre el impuesto inmobiliario, en virtud de las constancias que acreditan en el expediente Su
estado de vulnerabilidad económica.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, NO 46 sanciona la presente
ORDENANZA
ART.IO: CONDONASE al sr. Guaichi Osvaldo Marcelo DNI: 13.434.191, la totalidad de 10
adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de
promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado
como objeto: 10003304.
ART.20: EXIMASE al Sr. Gualchi del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el
inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente
Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de encontrarse
contemplada en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98 Inc. 8.
ART. 30: NOTIFICASE al vecino que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar la
exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por
encontrarse contemplada su situación en lá Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias.
ART. 40: Regístrese, Comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 9 de mayo de 2025.
Dr. Manano palma
Secretano L egisJativo
H Concejo Dehbemnte
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
H Concep
Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 50 Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta NO
09/2025, registrada como Ordenanza NO 78/2025.
H. Deliberante
A ESF•I la Nacional de Patagonia San
"Año del centenario de Asociación Sirio de
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regís
cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 13 demayo
, dese al Boletín Municipal y
2025.
Sr. GUSTAV
SECRETARn
IEL SIUIELI
OE ESWEL
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Munici Edad de Esquel