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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 78/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-05-09
Fecha de Promulgación: 2025-05-13
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION Y EXIMICION POR IMPUESTO INMOBILIARIO- SR. OSVALDO MARCELO GUALCHI-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. CoEeJo Deliberante "AHO quincuagésimo de la Universidad Nacional "Aio de Asociación Sirio de ORDENANZA NO 78/2025 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICION VISTO' La presentación realizada por el Sr. Gualchi Osvaldo Marcelo (Expte. 449/24) y, CONSIDERANDO Que, el Sr. Gualchi solicita la condonación y eximición del pago del impuesto inmobiliario; dado que percibe una jubilación mínima y cuenta con un certificado único de discapacidad diagnosticado con insuficiencia cardíaca, espondilolistesis, cardiomiopatía isquémica, anormalidades de la marcha y de la movilidad, estenosis del canal neural por disco intervertebral entre otros. Esta situación le impide generar ingresos Que, a través de la Ordenanza NO 201/23, en su Art. 98 Inc. y, sus modificatorias, establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como 'aquellas que habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto inmobiliario. Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide condonar y eximir del pago al Sr. Gualchi sobre el impuesto inmobiliario, en virtud de las constancias que acreditan en el expediente Su estado de vulnerabilidad económica. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, NO 46 sanciona la presente ORDENANZA ART.IO: CONDONASE al sr. Guaichi Osvaldo Marcelo DNI: 13.434.191, la totalidad de 10 adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10003304. ART.20: EXIMASE al Sr. Gualchi del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de encontrarse contemplada en la Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98 Inc. 8. ART. 30: NOTIFICASE al vecino que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada su situación en lá Ordenanza NO 201/23 y sus modificatorias. ART. 40: Regístrese, Comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 9 de mayo de 2025. Dr. Manano palma Secretano L egisJativo H Concejo Dehbemnte Ciudad de Esquel Héctor Rubén Álvarez H Concep Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 50 Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta NO 09/2025, registrada como Ordenanza NO 78/2025. H. Deliberante A ESF•I la Nacional de Patagonia San "Año del centenario de Asociación Sirio de POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regís cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 13 demayo , dese al Boletín Municipal y 2025. Sr. GUSTAV SECRETARn IEL SIUIELI OE ESWEL Mati s F. raccetta t dente Munici Edad de Esquel