Ordenanza Municipal N° 81/2025/2025
CONDONACION Y EXIMICION POR IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. BLANCA MARIA FRANCO
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 81/2025
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Franco Blanca María (Expte. 129/25) y,
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Franco solicita la condonación y eximición del pago del impuesto inmobiliario;
dado que percibe una pensión con los haberes mínimos, siendo el único sostén económico
familiar.
Que, a través de la Ordenanza N° 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y, sus modificatorias, establece
que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que habiten la unidad
habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto
inmobiliario.
Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide condonar y eximir del pago a la Sra. Franco
sobre el impuesto inmobiliario, en virtud de las constancias que acreditan en el expediente su
estado de vulnerabilidad económica.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente:
ART.1°: CONDONASE a la Sra. Franco Blanca María DNI: 23.514.999, la totalidad de lo
adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de
promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado
como objeto: 10015046.
ART.2°: EXIMASE a la Sra. Franco del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el
inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente
Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de encontrarse
contemplada en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98 Inc. 8.
ART. 3°: NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar
la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por
encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese, ? cumplido, archívese.-
Esquel, 9 de mayo de 2025.
Amaruckn
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 5º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N°
09/2025, registrada como Ordenanza N° 81/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
= .. °
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 13 de mayo de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL, DEUNTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matias F. Taccetta
intendente
Municioalidad de Esquel