Ordenanza Municipal N° 108/2025/2025
PLAN ESPECIAL DE PAGO DEUDA MICROCREDITO- SRA. SANDRA BEATRIZ ALVAREZ-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
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HCD.
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 108/2025
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA MICROCREDITO
VISTO: La nota presentada por la Sra. Álvarez Sandra Beatriz (Expte. 159/25) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Álvarez ha solicitado mediante nota la posibilidad de acceder a un plan
especial de pago por la deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en
concepto de microcrédito, manifestando que, del total del préstamo otorgado, ha
abonado únicamente algunas cuotas, debido a que no cuenta con empleo ni ingresos
estables. En consecuencia, se han acumulado intereses que actualmente no puede
afrontar, situación que se encuentra debidamente respaldada por la documentación
incorporada al expediente.
Que, por lo expuesto, los ediles que conforman la Comisión de Hacienda del HCD,
deciden otorgarle un plan especial de pago emitiendo despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE un plan especial de pago a la Sra. Álvarez Sandra Beatriz DNI:
33.287.307, por la totalidad de lo adeudado en concepto de microcrédito, hasta el 31 de
mayo del corriente. Dicho plan consiste en doce (12) cuotas, las que serán iguales,
mensuales y consecutivas, sin actualización ni intereses cada una por un valor de
pesos treinta y dos mil, novecientos cuarenta y ocho con cuarenta y cinco centavos
($32.940,45) cada una. Dicho plan recae sobre el objeto identificado como: P0099343.
ART. 2º: El plan especial de pago establecido en el artículo 1° de la presente, deberá
concretarse dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos contados desde la
promulgación de la Ordenanza, el cual deberá realizarse ante la Secretaría de
Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel, caso contrario
ART. 3°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 27 de junio de 2025.-
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N°
12/2025, registrada como Ordenanza N° 108/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 04 de Juli de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SEURETARIO GRAL. DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Taccotta
Intendente
Municipalidad de Esquel