Ordenanza Municipal N° 109/2025/2025
CONDONACION Y EXIMICION DEUDA IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. ELIANA PANQUILEF-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
'Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco'
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 109/2025
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Eliana Panquilef (Expte. 48/2025) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Panquilef solicita la condonación y eximición del pago del impuesto
inmobiliario, argumentando que el único ingreso que percibe es una pensión mínima
por discapacidad de su hijo, quien cuenta con Certificado único de discapacidad con el
siguiente diagnóstico: Trastorno del Desarrollo del habla y del lenguaje no especificado;
anormalidades de la marcha, de la movilidad, trastornos específicos del desarrollo de
las habilidades escolares hidrocéfalo, conforme surge de las constancias obrantes en
el expediente de referencia.
Que, a través de la Ordenanza N° 201/23, en sü Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias,
establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que
habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago
del impuesto inmobiliario.
Que, dicha exención no es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite
de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la
correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda
alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
existiendo deuda
al día de la fecha, corresponde al Concejo Deliberante
contemplar la posibilidad de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de
diciembre del corriente a los fines que la contribuyente pueda en este último mes
realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención
mencionado con anterioridad.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46
sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1°: CONDONASE a la Sra. Eliana Panquilef DNI: 33.771.536, la totalidad de lo
adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de
promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble
identificado como objeto: 10014430.
ART.2°: EXIMASE a la Sra. Panquilef del pago del impuesto inmobiliario que recae
sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la
presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de
encontrarse contemplado en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98
Inc. 8.
ART. 3°: NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá
tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo
Municipal por encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza N° 201/23 y sus
modificatorias.
ART. 4°: Regístrese, comuniquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 27 de junio de 2025.
H. Concejo Deliberante
De Esquel !
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Alvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta
N° 12/2025, registrada como Ordenanza N° 109/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 04 de /ulio de 2025.
8r. CUSFAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL, DE INTENDENCIA
MUNICIPAL DAD DE ESQUEL
Matias F. Taccetta
1 Intendente
Municipalidad de Esquel