Ordenanza Municipal N° 118/2025/2025
MODIFICACION DEL CODIGO TRIBUTARIO ORDENANZA 201/23- TAXIS Y REMISES- DEPTO. EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 118/2025
TEMA: MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL ORD. 201/23
VISTO: La Ordenanza N° 201/23, y la solicitud de modificación presentada por el
Departamento Ejecutivo Municipal, (Expte. 181/25) y
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ordenanza N° 201/23 se aprueba el Código Tributario Municipal que
comenzó a regir a partir del 1º de Enero del año 2024.
Que, por la dinámica tributaria fue necesario adecuar el
referido Código a las
necesidades actuales, mediante la Ordenanza N° 334/2024, a fin de brindar un sistema
ágil en los procedimientos impositivos, como así también mayor seguridad jurídica a
quienes realizan trámites en la Municipalidad de Esquel.
Que, el Art. 116 del Código Tributario Municipal establece en su primera parte que "por
todo vehículo automotor, moto vehículo y utilitario, en adelante vehículos radicados en
la jurisdicción de la Municipalidad, se aplicará anualmente un impuesto de acuerdo a las
condiciones establecidas en el presente y en la Ordenanza Tributaria Anual."
Que en el marco del acompañamiento a taxistas y remiseros que realiza la
Municipalidad, desde el Departamento Ejecutivo Municipal se propuso el otorgamiento
de una exención de pago de patente a vehículos cero kilómetros que sean adquiridos a
partir del año 2025 en esta ciudad destinados para la prestación del servicio de taxis y
remises, por un plazo de dos (2) años a partir de la fecha de su patentamiento. En el
caso de adquisición de vehículos usados con la misma finalidad, el plazo será de un (1)
año.
Que, el Art. 124 del Código Tributario Municipal establece las exenciones al impuesto al
parque automotor, no contemplándose a los taxis y remises cero kilómetros que presten
servicios en nuestra ciudad.
Que,
se debe poner en consideración la situación económica que actualmente
atraviesan los titulares de las licencias de taxis y remises, en virtud de la caída de las
recaudaciones y aumentos de combustibles, entre otros ítems.
Que, resulta imprescindible adoptar medidas que estimulen la renovación del parque
automotor de taxis y remises de nuestra ciudad, considerando la importancia de un
mejor servicio para nuestra comunidad.
Que, habiendo sido evaluado el mismo, se procede a dar despacho favorable y
modificar el artículo 124 de la normativa precedentemente mencionada.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: INCORPORASE el inciso i) al Art. 124 de la Ordenanza N° 201/2023, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: Inc. I: "Los vehículos cero kilómetros
adquiridos en la ciudad de Esquel que sean incorporados para la prestación del servicio
de taxis y remises en esta ciudad, por el término de dos (2) años contados a partir
desde su patentamiento. En caso de adquisición de vehículos usados con el mismo fin,
quedarán eximidos del pago del impuesto referido por el término de un (1) año. Para
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ello, el titular del vehículo en cuestión, deberá presentar copia del título de propiedad
ante la Dirección de Rentas dependiente de la Secretaría de Economía y Desarrollo
Productivo de la Municipalidad de Esquel, a fin de acreditar el cumplimiento de los
requisitos establecidos en el presente inciso",
ART. 2°: DISPONGASE que, para acceder a esta exención, deberán presentar el
certificado de libre deuda municipal en la Dirección de Rentas dependiente de la
Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel
ART. 3° Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 27 de junio de 2025.
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Alvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
H. Conto Balitermite
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta
12/2025, registrada como Ordenanza N° 118/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archivese
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 04 de Julio de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MUNICPALIDAD DE ESQUEL
Matias F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel