Ordenanza Municipal N° 149/2025/2025
PLAN ESPECIAL DE PAGO TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS- SR. HORACIO ELIAS CAÑUMIR-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N°149/2025
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO DEUDA POR MULTA
VISTO: La nota presentada por el Sr. Horacio Elías Cañumir (Expte. 202/25) y,
CONSIDERANDO:
Que, el Tribunal Municipal de Faltas se expide mediante Resolución N° 2415/2025,
imponiendo una multa al Sr. Cañumir, en el marco de los autos caratulados: Cañumir
Elías s/pta. Infracción a la Ordenanza N° 26/97 - Adhesión Ley N° 24.449 (Expte.
6694/2025).
Que, el Sr. Cañumir manifiesta su imposibilidad económica para abonar la multa en su
totalidad, por cuanto sus ingresos no abastasen para cubrir la totalidad de sus
necesidades básicas; no obstante, expresa su plena voluntad de cumplir con el pago en la
medida de sus posibilidades.
Que, la comisión de hacienda del HCD decide otorgarle un plan especial de pago y
condonarle el cien por ciento (100%) de lo adeudado.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE al Sr. Cañumir Horacio Elías DNI: 43.825.529, un plan especial de
pago por el capital adeudado en concepto de multa, en virtud de los autos caratulados:
Cañumir Elías s/pta. Infracción a la Ordenanza N° 26/97 - Adhesión Ley N° 24.449
(Expte. 6694/2025). Resolución N° 2415/2025.
Dicho plan consistirá en dieciocho (18) cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin
actualización ni intereses cada una por un valor de pesos cuarenta mil ciento setenta y
cinco ($40.175).
ART. 2°: CONDONASE al Sr. Cañumir el cien por ciento (100%) de los intereses
devengados en concepto de la multa impuesta mencionada en el artículo precedente.
ART. 3°: El plan especial de pago establecido en el artículo 1° de la presente, deberá
concretarse ante el Tribunal Municipal de Faltas, dentro de los cuarenta y cinco (45) días
corridos, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, caso contrario
quedará sin efecto.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 18 de agosto de 2025.-
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
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Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9° Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta Nº
13/2025, registrada como Ordenanza N° 149/2025
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 22 de agosto de 2025.
Sr. GUSTAVO ARTEt SIMIELI
SECRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA
MUMICTPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Jaccetta
. intendente
Municipatidad de Esquel