Ordenanza Municipal N° 150/2025/2025
PLAN ESPECIAL DE PAGO POR DEUDA EN TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS- SRA. MARIA AGUSTINA HERRERA-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
'Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 150/2025
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO DEUDA POR MULTA
VISTO: La nota presentada por la Sra. María Agustina Herrera (Expte. 226/25) y,
CONSIDERANDO:
Que, el Tribunal Municipal de Faltas se expide mediante Resolución N° 2438/2025,
imponiendo una multa a la Sra. Herrera, en el marco de los autos caratulados: Herrera
María Agustina s/pta. Infracción a la Ordenanza N° 26/97 - Adhesión Ley N° 24.449
(Expte. 3170/2025).
Que, la Sra. Herrera manifiesta su imposibilidad económica para abonar la multa en su
totalidad, por cuanto es estudiante universitaria, carece de empleo y de ingresos propios;
no obstante, expresa su plena voluntad de cumplir con el pago en la medida de sus
posibilidades.
Que, la comisión de hacienda del HCD decide otorgarle un plan especial de pago y
condonarle el cien por ciento (100%) de lo adeudado.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE a la Sra. María Agustina Herrera DNI: 38.535.968, un plan especial
de pago por el capital adeudado en concepto de multa, en virtud de los autos caratulados:
Herrera María Agustina s/pta. Infracción a la Ordenanza N° 26/97 - Adhesión Ley N°
24.449 (Expte. 3170/2025). Resolución N° 2438/2025.
Dicho plan consistirá en dieciocho (18) cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin
actualización ni intereses cada una por un valor de pesos treinta y cuatro mil quinientos
sesenta y cuatro con cuarenta y cuatro centavos ($34.564,44).-
ART. 2°: CONDONASE a la Sra. Herrera el cien por ciento (100%) de los intereses
devengados en concepto de la multa impuesta mencionada en el artículo precedente.
ART. 3°: El plan especial de pago establecido en el artículo 1° de la presente, deberá
concretarse ante el Tribunal Municipal de Faltas, dentro de los cuarenta y cinco (45) días
corridos, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, caso contrario
quedará sin efecto.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 18 de agosto de 2025.-
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
Acunner
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Rusa
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 9º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N°
13/2025, registrada como Ordenanza N° 150/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 22 de agosto de 2025.
Sr. GUSTAVOARIEL SIMIELI
SECRETABIO GRAL. DE INTENDENCIA
MUMMIRA),IDAD DE ESQUEL
Mastas E acceste
Intendente
Yunicipalidad de Esquel