Ordenanza Municipal N° 162/2025/2025
PLAN ESPECIAL DE PAGO POR MULTA. SR. BRIAN ISMAEL PAREDES-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HEy
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 162/2025
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO DEUDA POR MULTA
VISTO: La nota presentada por el Sr. Brian Ismael Paredes (Expte. 242/25) y,
CONSIDERANDO
Que, el Tribunal Municipal de Faltas se expide mediante Resolución N° 3043/2025,
imponiendo una multa al Sr. Paredes, en el marco de los autos caratulados: Paredes
Ismael Brian s/pta. Infracción a la Ordenanza N° 26/97 - Adhesión Ley N° 24.449
(Expte. 3993/2025).
Que, el Sr. Paredes manifiesta su imposibilidad económica para abonar la multa en su
totalidad, por cuanto se encuentra desempleado en la construcción, no contando con
ingresos estables; no obstante, expresa su plena voluntad de cumplir con el pago en la
medida de sus posibilidades.
Que, la comisión de hacienda del HCD decide otorgarle un plan especial de pago y
condonarle el cien por ciento (100%) de lo adeudado.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE al Sr. Paredes Ismael Brian DNI: 38.941.214, un plan especial de
pago por el capital adeudado en concepto de multa e imposición de costas, en virtud de
los autos caratulados: Paredes Ismael Brian s/pta. Infracción a la Ordenanza N° 26/97
- Adhesión Ley N° 24.449 (Expte. 3993/2025); Resolución N° 3043/2025.
Dicho plan consistirá en treinta (30) cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin
actualización ni intereses cada una por un valor de pesos cuarenta y cinco mil trescientos
quince con treinta y tres centavos ($45.315,33).-
ART. 2°: CONDONASE al Sr. Paredes el cien por ciento (100%) de los intereses
devengados en concepto de la multa impuesta mencionada en el artículo precedente.
ART. 3°: El plan especial de pago establecido en el artículo 1º de la presente, deberá
concretarse ante el Tribunal Municipal de Faltas, dentro de los cuarenta y cinco (45) días
corridos, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, caso contrario
quedará sin efecto.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 29 de agosto de 2025.-
Dr. 'Mariano Palma
Aunace Most
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N°
14/2025, registrada como Ordenanza N° 162/2025.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archívese
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: o2 de septiembre de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel