Ordenanza Municipal N° 170/2025/2025
RATIFICACION CONVENIO ENTRE VIALIDAD PROVINCIAL Y MUNICIPALIDAD DE ESQUEL- CORDONES CUNETA EN CALLES DE ESQUEL- DEPTO. EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 170/2025
TEMA: RATIFICACION CONVENIO
VISTO El Convenio suscripto entre la Administración de Vialidad Provincial y el Municipio de
Esquel (Expte. 236/25) y,
CONSIDERANDO
Que, el presente convenio tiene la finalidad construir Cordones Cunetas en las calles de la
ciudad de Esquel según el siguiente detalle:
1. Fleming entre Avda. Alvear y Avda. Ameghino.
2. Dante Brozzi entre 9 de Julio y Avda. Ameghino.
3. Darwin entre Avda. Alvear y calle Don Bosco.
En una longitud total de TRES MIL METROS LINEALES (3000.00 ml); de acuerdo a los
planos municipales.
Que, en el mismo se define la financiación por parte de la Administración a la Municipalidad
de Esquel hasta un monto total de Pesos Doscientos Setenta y Ocho Millones Dieciséis Mil
Novecientos Ocho con 28/100 ($278.016.908,28) según los ítems de las obras indicadas en
el Convenio de acuerdo a la planilla de Análisis de Precios del Costo de Obra, que forma
parte del mismo.
Que, la Municipalidad se hará
responsable del movimiento de suelo, perfilados y
compactación previa a la construcción del cordón —cuneta.
Que, el pago se realizará conforme a los certificados de obras que se confeccionarán por
ambas partes, de acuerdo a la planilla de Análisis de precios del costo de la obra.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en
uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1°: RATIFICASE en todos sus términos el Convenio suscripto entre la municipalidad de
Esquel y la Administración de Vialidad Provincial, de fecha 27 de junio de 2025, el cual se
adjunta a la presente como Anexo I.
ART.2°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 29 de agosto de 2025.
L0002
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N°
14/2025, registrada como Ordenanza N° 170/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 02 de septiembre de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SEGRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matias E. Taccetta
intendente
Municipalidad de Esquel
REPUBLICA ARGENTINA
Provincia del CHUBUT
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA,
ENERGIA Y PLANIFICCIÓN
Administración de Vialidad Provincial
PROVINER
LOEL CHUBUT
"Año de la Recuperación y Reivindicación del
Derecho a la Educación."
- 01978
FOLIO
*......
ANEXO_
MiRO. NO 170/25
En la Ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, a los L.T días del mes de Junio del año 2.025, entre
la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, con domicilio legal en Love Jones Parry
N° 533 de Rawson, representada en este acto por su PRESIDENTE, Ing. Federico DRESCHER,
• por una parte, en adelante la ADMINISTRACIÓN; y por la otra la MUNICIPALIDAD DE
ESQUEL, con domicilio legal en Calle Bartolomé Mitre n° 524 de la ciudad de Esquel,
representada en este acto por el Sr. INTENDENTE, Cdor. Matías Federico TACCETTA, en
adelante la MUNICIPALIDAD, con la presencia del Sr. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DEL CHUBUT, LICENCIADO Ignacio Agustín TORRES convienen en celebrar el presente
convenio que se sujetará de las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD construirá Cordones-Cuneta en las calles, 1) FLEMING e/
AV. Alvear y Av. Ameghino, 2) DANTE BROZZI e/ 9 de Julio y Av. Ameghino y 3) DARWIN e/ AV.
Alvear y Don Bosco, en una longitud total de TRES MIL METROS LINEALES (3000,00 ml); de
acuerdo a los planos que oportunamente deberá presentar la MUNICIPALIDAD antes de inicio
de los trabajos.
SEGUNDA: La ADMINISTRACIÓN le financiará a la MUNICIPALIDAD hasta un monto total
• de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS
OCHO CON 28/100 ($ 278.016.908,28), los siguientes ítems de la obra indicada en la cláusula
antertór: 2) Movimiento de suelos, y 3) Estructura de Hormigón (Mano de Obra y Materiales para
la ejecución de cordón-cuneta), de acuerdo a la planilla de Análisis de Precios del Costo de la
Obra, que como ANEXO I pasa a formar parte de este Convenio. -
TERCERA: El pago se realizará conforme a los certificados de obra que deberán estar conformados
por ambas partes y ajustarse a los valores fijados en la planilla de Análisis de Precios del Costo de
Obra, que forma parte de este Convenio. -...
CUARTA: La ADMINISTRACIÓN adelantará a la MUNICIPALIDAD, en concepto de anticipo
financiero, un 10 % del monto indicado en la CLÁUSULA SEGUNDA. El anticipo se amortizará
con los certificados de obra que se emitan, aplicándose a sus montos nominales un descuento del
DIEZ PORCIENTO (10%). -
QUINTA: La MUNICIPALIDAD realizará las tareas de movimiento de suelos, perfilado y
compactación previa a la construcción del cordón-cuneta.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SI FIRMAN TRES (3) EJEMPLARES DE UN MISMO
TENOR Y A UN SOLO EFECTO EN EL LUGAR Y FECHA INDICADO EN EL
ENCABEZADO.
Mentes F. Taccetter
Intendente
Municipalidad de Esquel
Ing Federico DRESCHER
Presidente
de Vialidad Provincial
Chubut
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secretario Legistativo
M. Concejo Deliberante
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CERTIFICO:
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encuentra
Registrado
al
TOMO: 3
FOLIO: 251
con
tecna us de
julio de 2025
del Registro de
Contratos
cle
Locación de Obras e Inmuebles de
este Registro Oficial.
CONSTE.
Es una
(1)
foja y Anexo I en ocho (8)
fojas protocolizadas.
ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO - RW - CHUBUT - 03 de julio de 2025.
SUNCA DEL CHUEL
Gilly
ADRIANAN. MARTINEZ
ESCRIBANA DELEGADA ZONA ESTE
Escribania General de Gobierno
Provincia del Chubut
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to Legislativo
Ho Deliberanta
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