Ordenanza Municipal N° 178/2025/2025
DECLARAR DE INTERES INCLUSIVO MUNICIPAL LA CARRERA NOCTURNA EPJA-ECE RUNNING - ESCUELA N° 7714-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 178 /2025
TEMA: DECLARAR DE INTERÉS INCLUSIVO MUNICIPAL LA "CARRERA NOCTURNA
EPJA-ECE RUNNING", ORGANIZADA POR LA ESCUELA N° 7714 EPJA-ECE, DE LA
CIUDAD DE ESQUEL.
VISTO: Las ediciones de la "Carrera Nocturna EPJA-ECE Running" organizada por la
Escuela N° 7714 EPJA-ECE (Educación Permanente para Jóvenes y Adultos - Educación
en Contexto de Encierro); las Ordenanzas N° 172/24, N° 258/24, N° 09/02 y su modificatoria
N° 12/14 "Régimen de distinciones, reconocimientos y precedencias" (Expte. 282/25) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Escuela N° 7714 EPJA-ECE se crea en 2017 mediante Resolución N° 499/17 del
Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, consolidando un recorrido institucional
iniciado en 2011. Actualmente cuenta con más de 350 estudiantes distribuidos en tres sedes,
con una propuesta pedagógica centrada en el emprendedurismo, la inclusión y la formación
integral de jóvenes y adultos.
Que, la institución otorga el título de Bachiller en Economía y Administración, y desde 2025
también el de Bachiller en Turismo, articulando además con el Centro de Formación
Profesional N° 655 (con titulación en Gestor de Microempresas e Informante Turístico
Regional) y con la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco (obteniendo la
titulación como Gestor para Emprendimientos Comunitarios). Estas articulaciones fortalecen
las trayectorias educativas y laborales de sus estudiantes.
Que, en este marco, la Carrera Nocturna EPJA-ECE Running surge como un proyecto
pionero de carácter educativo, deportivo y comunitario, que integra la formación académica
con la promoción de hábitos saludables, la inclusión social y el fortalecimiento del vínculo
entre la escuela y la comunidad.
Que, la propuesta incluye distintas modalidades de participación, incorporando la milla
adaptada como expresión de inclusión, ampliando la convocatoria a personas con diferentes
capacidades ? reforzando la perspectiva de equidad.
Que, el evento se ha consolidado como un espacio de encuentro intergeneracional, donde
estudiantes, ex-estudiantes, familias, vecinos y atletas locales participan activamente,
convirtiéndose en una experiencia pedagógica y social de alto impacto comunitario.
Que, la ciudad de Esquel posee una destacada tradición deportiva, con atletas que han
representado a la región a nivel nacional e internacional, lo que otorga a esta iniciativa un
valor simbólico y cultural adicional al proyectar a la ciudad como promotora del deporte, la
educación y la inclusión.
Que, el Honorable Concejo Deliberante, en el marco de la Ordenanza N° 09/02 y su
modificatoria N° 12/14, reconoce como de Interés Municipal aquellas iniciativas que fortalecen
la educación, la cultura, el deporte y el desarrollo comunitario, siendo la presente una
actividad que reúne todos esos atributos.
Que, resulta pertinente y necesario reconocer y acompañar institucionalmente esta propuesta
que conjuga educación, deporte, cultura e inclusión, consolidándose como un rasgo distintivo
de la identidad educativa y comunitaria de Esquel.
Que, la Comisión de Promoción Social, Cultura, Educación y Deportes del Honorable Concejo
Deliberante emitió despacho favorable.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI - N° 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: Declárase de Interés Municipal al evento "Carrera Nocturna EPJA-ECE Running"
cuya organización està a cargo de la Escuela N° 7714 EPJA-ECE de la ciudad de Esquel.
ART. 2°: Registrese, comuniquese y cumplido, archívese.
Esquel, 12 de septiembre de 2025.-
Aura tine
Héctor Rubén Álvarez
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 11° Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N°
15/2025, registrada como Ordenanza N° 178/2025
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA
/P de septiembre de 2025.
ST. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARTO GRAL. DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Mattas
F.
Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel
)