🏛️ Concejo Deliberante de Esquel | Portal Oficial
Volver al Inicio
Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 193/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-09-12
Fecha de Promulgación: 2025-09-19
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO ENTRE SECRETARIA DE TRABAJO Y MUNICIPALIDAD DE ESQUEL- TEXTIL EN EL BARRIO - DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 193/2025 TEMA: RATIFICACION CONVENIO VISTO: El Convenio de Capacitación celebrado entre la Secretaría de Trabajo y la Municipalidad de Esquel (Expte. N° 284/25), y CONSIDERANDO: Que, el convenio mencionado en el Visto, tiene como finalidad capacitar en "Textil en el Barrio", ", en el marco del Decreto N°1237/05, de Fomento del Empleo. Que, la Municipalidad se compromete a capacitar laboralmente a veinte (20) beneficiarios con domicilio en la provincia de Chubut, otorgándose al final del curso la certificación correspondiente. . Que, este proyecto de capacitación tiene como finalidad adquirir habilidades y competencias en relación a las costuras y reparación de prendas, logrando fomentar el desarrollo de emprendimientos textiles y servicios de reparación de ropa como una vía importante de inserción laboral y fortalecimiento de la economía barrial. Que, dicha capacitación cuenta con un programa basado en tres módulos, el cual se extenderá por el termino de cuatro (04) meses comenzando el día 11 de agosto del año 2025. Que, la Secretaria de Trabajo transferirá al Municipio sumas dinerarias, establecidas en dicho convenio, con la finalidad de que sean destinados a la compra de equipamientos, insumos y al pago de honorarios a dos capacitadores, permitiendo dichos desembolsos a concretar la capacitación, siendo remitidos antes de su comienzo. Que, en consecuencia, corresponde ratificar el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaría de Trabajo. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1º: RATIFICASE en todos sus términos el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaría de Trabajo de la Provincia del Chubut con fecha 7 de agosto del 2025 sobre "Capacitación Textil en el Barrio", el cual se adjunta a la presente como Anexo I. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ART. 2°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese Esquel, 12 de septiembre de 2025.- Dr. Mariano Palma Aus pr the su Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 11° Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N° 15/2025, registrada como Ordenanza N° 193/2025. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA 19 de septiembre de 2025. S. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA MUMICIPALIDAD DE ESQUEL Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel "'Año de la Recuperación y la Reivindicación del Derecho a la Educación C FOLIO N....... ANEXO 1 ORD. Nº 193/2025 SECRETARIA DE TRABAJO Provincia del Chubut CONVENIO DE CAPACITACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y LA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL "TEXTIL EN EL BARRIO" En la Ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, a los ....... Siche € días del mes de agosto...... del año 2025, entre la Secretaría de Trabajo, representada en este acto por el Secretario de Trabajo, Nicolás G. ZARATE; en adelante "LA SECRETARÍA", el Municipio de Esquel, representado en este acto, por el Sr. Intendente, Matías Federico TACCETTA, en adelante "EL MUNICIPIO", y juntas denominadas "LAS PARTES".-. "LAS PARTES" acuerdan celebrar el presente convenio para fomentar la capacitación laboral y el empleo entre las personas desocupadas de la localidad, a través del proyecto denominado "TEXTIL EN EL BARRIO" en el marco del Decreto N° 1237/05, de Fomento del Empleo, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: Dra. DANIELA M SOTO MARTY Asesora Legal Dirección General de Asuntos Legales SECRETARÍA DE TRABAJO PRIMERA: EL MUNICIPIO, se compromete a capacitar laboralmente en los temas citados a veinte (20) beneficiarios con domicilio en la provincia del Chubut, otorgándose al final del curso la certificación correspondiente.-. SEGUNDA: LAS PARTES acuerdan que el plazo de capacitación se extenderá por el término de cuatro (4) meses, iniciando el día once (11) de Agosto del año 2025. Por su parte, EL MUNICIPIO tendrá un plazo de gracia de dos (02) meses en caso de no poder comenzar en la fecha estipulada en el presente convenio.-- TERCERA: LA SECRETARÍA girará a EL MUNICIPIO la suma total de PESOS UN MILLON DIECISIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO ($1.017.575,00) destinados a la compra de EQUIPAMIENTO que permitan realizar la capacitación, el desembolso se efectivizará previo al inicio de la misma.— CUARTA: LA SECRETARIA transferirá a EL MUNICIPIO, la suma total de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS ($2.051.400,00) destinados a la compra de INSUMOS, realizando el depósito previo al inicio de la capacitación.- QUINTA: LA SECRETARIA transferirá a EL MUNICIPIO a mes vencido, la suma total de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000,00) destinados al pago de HONORARIOS de dos (2) capacitadores; cada uno percibirá la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00).- SEXTA: EL MUNICIPIO se compromete a presentar ante LA SECRETARIA, dentro de los treinta (30) días de recibido el depósito inicial, las facturas originales correspondiente a la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSUMOS las cuales deberán ser detalladas de acuerdo a lo solicitado en el proyecto correspondiente.- SEPTIMA: En caso de haber concluido la compra y tener dinero sobrante, EL MUNICIPIO deberá depositarlo en la cuenta N° 203443/7-Tesorería General de la Provincia, y presentar ante LA SECRETARIA el comprobante correspondiente.- uriberiano Palma Secretario Legiolativo M. Concejo Doliberante Cludad de Seguel PDF extraction limited to the first 3 pages