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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 197/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-09-12
Fecha de Promulgación: 2025-09-19
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONTRATO CON INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA- SANEAMIENTO ARROYO ESQUEL- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 197/2025 TEMA: RATIFICACIÓN CONTRATO VISTO: El Contrato modificatorio sobre mantenimiento del sector de la obra de saneamiento de Arroyo Esquel suscripto entre la Municipalidad de Esquel con el Instituto Provincial del Agua (Expte: N° 261/25) y, CONSIDERANDO: Que, dicho contrato tiene como finalidad modificar el plazo de ejecución de la obra delegada "Mantenimiento del Sector de la Obra de Saneamiento de Arroyo Esquel", mediante el Contrato firmado entre la Municipalidad y el IPA, modificándose el mismo de 120 a 244 días contados a partir del inicio del Acta de obra. Que, la Municipalidad de Esquel se compromete a ejecutar dicha obra en función a la modificación de la fecha del mismo, y a mantener la vigencia de todas las disposiciones contenidas en el contrato marco aprobada mediante Ordenanza N° 40/2024. Que, en consecuencia, corresponde ratificar el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial del Agua (I.P.A.). POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1º: RATIFICASE en todos sus términos el Contrato modificatorio de la ejecución de la obra denominada "Manteamiento del Sector de la obra de Saneamiento de Arroyo Esquel", suscripto entre la Municipalidad de Esquel y el Instituto Provincial del Agua, de fecha 18 de junio del 2025, el cual se adjunta como Anexo I de la presente. ART. 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese Esquel, 12 de septiembre de 2025.- Dr Mariano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Héctor Rubén Alvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 11° Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N° 15/2025, registrada como Ordenanza N° 197/2025. POR TANTO:_Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA 19 de septiembre de 2025. Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARTO GRAL. DE IXTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Marias F. Taccatta Intendente Municipalidad de Esquel 0ra 332 a Linter A/c Direccion de Legales tastituto Provincial del Agua an D. Parra micirador General Metas ANEXO 1 ORD. N° 197/2025 AGENCIA DE RECAUDAS CHUBUT 25 JUL 2025 Ince el insituto Provincial de en Se en e General de Recursos Hídricos Ing. parte, y la ciudad de Esquel en elante 25304249-01 una nu/en? T.: 36/00/202 MUNICIPALIDAD", representada EXENTD Intendente, Sr. Matías F. Taccetta, pok adelante "EL CONTRATO" para la ejecucion de la obra: «MANTENIMIENTO DE SECTOR DE LA OBRA DE SANEAMIENTO DE ARROYO ESQUEL", el cual serregirá de acuerdo a las siguientes Cláusulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: "EL INSTITUTO" delega a "LA MUNICIPALIDAD" y esta acepta, la ejecución de los trabajos que contempla la provisión de la mano de obra y equipos necesarios para la ejecución de la misma, según la Memoria Descriptiva de la Obra. La delegación establecida en la presente Cláusula implica el derecho y la obligación de "LA MUNICIPALIDAD" a ejecutar los trabajos por si o por terceros, licitar, adjudicar, subcontratar, iniciar, certificar, dirigir, inspeccionar y recibir el trabajo público arriba descrito, mediante el procedimiento administrativo que esta determine. SEGUNDA: PRECIO: "EL INSTITUTO" aportará como única suma para la contratación y ejecución de los trabajos el monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS TRES MIL CIENTO SESENTA Y SIETE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 193.503.167,79), no reconociendo suma alguna por ningún otro concepto emergente de la relación contractual que vincula a "LA MUNICIPALIDAD" y el o los Subcontratistas del trabajo, tales como impuestos en vigencia o a crearse, adicionales, sustitución del régimen contractual, por accidentes de trabajo, por rescisión de contrato o por causas de fuerza mayor, etc.; asumiendo "LA MUNICIPALIDAD" patrimonialmente y a su exclusiva cuenta y riesgo los mismos en caso que estos se produzcan.- TERCERA: FORMA DE PAGO: El aporte al cual se obliga "EL INSTITUTO" por la Cláusula anterior se hará efectivo mediante un anticipo del diez por ciento (10%) equivalente a la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 19.350.316,78), a los diez días de suscripta el acta de inicio y el saldo en certificaciones mensuales contra presentación y aprobación de los respectivos informes de avance e informe final. Los depósitos se realizarán en la cuenta dispuesta a tal fin. —— CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN: "LA MUNICIPALIDAD" se compromete a ejecutar los trabajos en un plazo de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (244) días, contados a partir del Acta de Inicio de Obra, obligándose a dejar completamente terminados los trabajos objeto de "EL CONTRATO" en un todo de acuerdo a la Memoria Descriptiva de la Obra. QUINTA: SUPERVISIÓN TÉCNICA: "EL INSTITUTO", designará un profesional de su área, con el objeto de realizar el seguimiento y la supervisión de los trabajos independientemente de aquellos que designe "LA MUNICIPALIDAD" para el cumplimiento de los trabajos a realizar, notificándose a ésta sobre tal nombramiento en forma fehaciente, dejando constancia que ellalcance de las funciones de dicha designación no implica la responsabilidad solidaria sobre la inspección de los trabajos. SEXTA: SISTEMA DE CONTRATACIÓN: "EI CONTRATO" se regirá por el sistema de ajuste alzado para la ejecución de los trabajos, acordándose de conformidad para todo aquello que Or. Mariano Palma decretario Legislative i. Concejo Deliberante Cludad de Esquel PDF extraction limited to the first 3 pages