Ordenanza Municipal N° 203/2025/2025
PLAN ESPECIAL DE PAGO POR MULTA EN TRIBUNAL DE FALTAS- SR. LUIS ALBERTO LEIVA SOTO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 203/2025
TEMA: PLAN ESPECIAL DE PAGO DEUDA POR MULTA
VISTO: La nota presentada por el Sr. Leiva Soto Luis Alberto (Expte. 253/25) y,
CONSIDERANDO
Que, el Tribunal Municipal de Faltas se expide mediante Resolución N° 3021/2025,
imponiendo una multa al Sr. Leiva, en el marco de los autos caratulados: Leiva Soto Luis
Alberto s/pta. Infracción a la Ordenanza N° 108/94 - y sus modificatorias (Expte.
3957/2025).
Que el Sr. Leiva manifiesta su imposibilidad económica de abonar la multa en su totalidad,
dado que es jubilado y percibe haberes mínimos, manteniendo no obstante la intención y
voluntad de hacerse cargo de la misma, así como de regularizar la situación de los planos
de su inmueble ubicado en el Barrio Ceferino.
U907 06
Que, la comisión de hacienda del HCD decide otorgarle un plan especial de pago y
condonarle el cien por ciento (100%) de lo adeudado.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: OTORGASE al Sr. Leiva Soto Luis Alberto DNI: 93.851.590, un plan especial de
pago por el capital adeudado en concepto de multa, como así también por las costas del
proceso, en virtud de los autos caratulados: Leiva Soto Luis Alberto s/pta. Infracción a
la Ordenanza N° 108/94 - y sus modificatorias (Expte, 3957/2025), Resolución N°
3021/2025.
Dicho plan consistirá
en cuarenta y ocho (48) cuotas iguales, mensuales y consecutivas
sin actualización ni intereses cada una por un valor de pesos noventa y dos mil
novecientos veinte ($92.920).-
ART. 2°: CONDONASE al Sr. Leiva Soto el cien por ciento (100%) de los intereses
devengados en concepto de la multa impuesta mencionada en el artículo precedente.
ART. 3°: El plan especial de pago establecido en el artículo 1° de la presente, deberá
concretarse ante el Tribunal Municipal de Faltas, dentro de los cuarenta y cinco (45) días
corridos, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, caso contrario
quedará sin efecto.
ART. 4°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 12 de septiembre de 2025.-
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 11º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N°
15/2025, registrada como Ordenanza N° 203/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 19 de septiembre de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL, DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Maties F. Taccetta
intendente
Municipalidad de Esquel