Ordenanza Municipal N° 211/2025/2025
CONDONACION Y PLAN DE PAGO EN CONCEPTO DE IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. EDELMIRA NARCISA FUENTES-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 211/2025
TEMA: CONDONACIÓN, EXIMICIÓN DEUDA Y PLAN ESPECIAL DE PAGO
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Fuentes Edelmira Narcisa (Expte.
48/2012) y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Fuentes solicita la condonación y eximición del pago del impuesto
inmobiliario, así como la implementación de un plan especial de pago respecto de la
deuda que mantiene con la Municipalidad en concepto de patente automotor,
fundando su petición en que su único ingreso corresponde a una pensión mínima.
Señala asimismo que atraviesa un complejo diagnóstico de cáncer en estado
avanzado, situación que ha llevado a que su esposo deba dejar su actividad laboral
para brindarle cuidado permanente.
Que, a través de la Ordenanza N° 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias,
establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que
habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del
pago del impuesto inmobiliario
Que, dicha exención no es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
tramite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda al día de la fecha, corresponde al Concejo Deliberante
contemplar la posibilidad de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de
diciembre del corriente a los fines que la contribuyente pueda en este último mes
realizar los trámites correspondientes para el
otorgamiento del beneficio de
exención mencionado con anterioridad
Que, dicho beneficio no se encuentra regulado en el Código Tributario Municipal
para el caso del pago de la patente automotor, y, por tal motivo, la Sra. Fuentes
fórmula propuesta de pago acorde a sus posibilidades económicas
Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable a lo
solicitado por demostrar voluntad de pago.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46
sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1°: CONDONASE a la Sra. Fuentes Edelmira Narcisa DNI: 16.637.290, la
totalidad de lo adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios
hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae
sobre el inmueble identificado como objeto: 10010446.
ART.2°: EXIMASE a la Sra. Fuentes del pago del impuesto inmobiliario que recae
sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de
la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
encontrarse contemplada en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias, en su art
98 Inc. 8.
ART. 3°: NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá
tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento
Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza N°
201/23
ART. 4°: OTORGASE a la Sra. Fuentes Edelmira Narcisa, un plan especial de pago
por la totalidad adeudada a la Municipalidad de Esquel en concepto de patente
automotor, hasta el 30 de septiembre del corriente año, recayendo sobre el vehículo
identificado como R008393. Dicho plan consiste en doce (12) cuotas, iguales,
mensuales y consecutivas, sin actualización ni intereses cada una de pesos
veintisiete mil, trescientos ochenta y uno con un centavo ($27.381,01).
ART. 5°: El plan especial de pago mencionado en el art. 4° de la
presente
Ordenanza, deberá concretarse ante la Secretaría de Economía y Desarrollo
Productivo de la Municipalidad de Esquel dentro de los cuarenta y cinco (45) días
corridos contados a partir de la promulgación de la presente norma.
ART. 6°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese:
Esquel, 26 de septiembre de 2025.
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12° Sesión Ordinaria del 2025, bajo
Acta N° 16/2025, registrada como Ordenanza N° 211/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 15 de Uctubre de 2025.
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel