Ordenanza Municipal N° 212/2025/2025
CONDONACION Y EXIMICION POR DEUDA EN CONCEPTO DE IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. DORILA SANCHEZ-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 212/2025
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Dorila Sánchez (Expte. 278/2025) y,
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Sánchez solicita la condonación y eximición del pago del impuesto
inmobiliario, fundando su petición en que su único ingreso corresponde a una
jubilación mínima
Que, el inmueble en el que actualmente reside la vecina se encuentra registrado a
nombre del Sr. Bahamondes Elías, quien en vida fuera su concubino, vínculo que se
encuentra acreditado mediante las Ordenanzas N° 33/12 y 216/14.
Que, a través de la Ordenanza N° 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias,
establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que
habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del
pago del impuesto inmobiliario.
siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda al día de la fecha, corresponde al Concejo
Deliberante
contemplar la posibilidad de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de
diciembre del corriente a los fines que la contribuyente pueda en este último mes
realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de
exención mencionado con anterioridad
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46
sanciona la presente:
ORDENANZA
ART.1°: CONDONASE a la Sra. Dorila Sánchez DNI: 5.996.185, la totalidad de lo
adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha
de promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble
identificado como objeto: 10002593 (Titular: Bahamondes Elías).
ART.2°: EXIMASE a la Sra. Sánchez del pago del impuesto inmobiliario que recae
sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de
la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de
encontrarse contemplada en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias, en su art.
98 Inc. 8.
ART. 3°: NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá
tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento
Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza N°
201/23 y sus modificatorias.
ART. 4°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
Esquel, 26 de septiembre de 2025.
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12º Sesión Ordinaria del 2025, bajo
Acta N° 16/2025, registrada como Ordenanza N° 212/2025
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al
Boletin
Municipal y cumplido, archívese
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 15 de lectubre de 2025.
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel