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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 216/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-09-26
Fecha de Promulgación: 2025-10-15
Ciudad: Esquel, Chubut

QUITA PARCIAL DE INTERESES EN CONCEPTO DE ADOQUINADO- SR. DIEGO PASARIN-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco» "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 216/2025 TEMA: QUITA PARCIAL DE INTÉRESES VISTO: La presentación realizada por el Sr. Diego Pasarín (Expte. 228/25) y, CONSIDERANDO: Que, el Sr. Pasarín ha solicitado la quita de intereses devengados por la deuda que mantiene con la Municipalidad en concepto de adoquinado correspondiente a la obra declarada de utilidad pública según Ordenanza Municipal N° 155/23, fundando dicho pedido en la notificación tardía de dicha deuda. Que, a través de la documentación que obra en el expediente respectivo, acreditan sus ingresos y la situación económica actual de su grupo familiar. Que, la Comisión de Hacienda del HCD, evaluando sus posibilidades económicas, acuerda otorgarle el beneficio de la quita del cincuenta por ciento (50%) de los intereses devengados sobre la deuda de adoquinado, y sobre el sado restante, deberá realizar un plan de pago ante la Secretaria de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente ORDENANZA ART.1°: CONDONASE al Sr. Pasarín Diego Hernán, DNI: 28.516.667 el cincuenta por ciento (50%) de los intereses devengados en concepto de deuda por adoquinado que mantiene con la Municipalidad de Esquel en virtud de la obra declarada como utilidad pública mediante Ordenanza N° 155/23. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como: 08.015.001.04.0.064.007 ART. 2°: Respecto del cincuenta por ciento (50%) restante de los intereses devengados y la totalidad del capital adeudado en concepto de adoquinado, el contribuyente deberá formalizar un plan de pago ante la Secretaría de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza. ART. 3° Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 26 de septiembre de 2025. Acusme Now Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N° 16/2025, registrada como Ordenanza N° 216/2025. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel" POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 15 de Uctubre de 2025. Matías F. Taccetta Intendente : Municipalidad de Esquel