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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 230/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-10-13
Fecha de Promulgación: 2025-10-16
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION Y EXIMICION DEUDA POR IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. MARTHA LAUQUEN-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HED. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 230/2025 TEMA: CONDONACION Y EXIMICIÓN DEUDA VISTO: La presentación realizada por la Sra. Martha Lauquen (Expte. 330/2025) y, CONSIDERANDO: Que, la Sra. Lauquen solicita la condonación y eximición del pago del impuesto inmobiliario, fundando su petición en que su único ingreso corresponde al cobro de una pensión mínima, no pudiendo afrontar la totalidad de lo adeudado, como así también poder cubrir sus necesidades elementales de vida Que, a través de la Ordenanza N° 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias, establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto inmobiliario. Que, dicha exención no obra de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo. Que, existiendo deuda al día de la fecha, corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad de condonar las mismas y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a los fines que la contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con anterioridad POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: CONDONASE a la Sra. Martha Dionisia Lauquen DNI: 18.027.139, la totalidad de lo adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10008538. ART. 2°: EXIMASE a la Sra. Lauquen del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año, en virtud de encontrarse contemplada en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98 Inc. 8. ART. 3°: NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias. ART. 4°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese. Esquel, 13 de octubre de 2025. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". Dr. Mariano Palma AusteRisi Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 13º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N° 17/2025, registrada como Ordenanza N° 230/2025 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: I6 de octubre de 2025. Sr. GUSTATO ARIEL SIMIELI SECRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matias F. Tacceita Intendente Municipalidad de Esquel