Ordenanza Municipal N° 243/2025/2025
CONDONACION Y EXIMICION POR DEUDA IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. ELIZABETH COLPI Y DARIO GALBAN-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
Hey.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 243/2025
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Colpi Elizabeth y Galban Darío (Expte.
279/25) y,
CONSIDERANDO:
Que, los solicitantes peticionan la condonación de la deuda en concepto de
impuestos inmobiliarios, en razón de desconocer el monto total adeudado y
considerando la difícil situación económica que atraviesan, dado que únicamente el
Sr. Galbán cuenta con un empleo de carácter temporal, encontrándose además a
cargo de su hija, quien presenta discapacidad diagnosticada con anormalidades de
la marcha y movilidad, hemiplejía ? microcefalia.
Que, a través de la Ordenanza N° 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias,
establece que, tanto las personas jubiladas ylo pensionadas, como aquellas que
habiten la unidad habitacional con-personas con discapacidad, seran exentas del
pago del impuesto inmobiliario.
Que, dicha exención no es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que los contribuyentes, en el mes de diciembre de cada año, realicen el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda al día de la fecha, corresponde al Concejo Deliberante
contemplar la posibilidad de condonar la misma y eximirlos del pago hasta el 31 de
diciembre del corriente a los fines que los contribuyentes puedan en este último mes
realizar los trámites correspondientes para el otorgamiento del beneficio de
exención mencionado con anterioridad.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46
sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1º: CONDONASE a la Sra. Colpi Elizabeth DNI: 30.376.638 y al Sr. Galbán
Dario DNI: 35.381.374, la totalidad de lo adeudado a la Municipalidad en concepto
de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente
ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como objeto:
ca. Dicho benero nec
10015028.
ART.2°: EXIMASE a los Sres. Colpi y Galban del pago del impuesto inmobiliario
que recae sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de
promulgación de la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente
año; en virtud de encontrarse contemplada en la Ordenanza N° 201/23 y sus
modificatorias, en su art. 98 Inc. 8.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ART. 3º: NOTIFIQUENSE a los vecinos que, en el mes de diciembre de cada año
deberán tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el
Departamento Ejecutivo Municipal por encontrarse contemplada su situación en la
Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias
ART. 4°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archivese.
Esquel, 23 de octubre de 2025.
Ausmathmi
Dr. Mariano Palma
Héctor Rubén Álvarez
Secretario Legislativo
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 14 Sesión Ordinaria del.2025, bajo
Acta N° 18/2025, registrada como Ordenanza N° 243/2025
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 27 de Vctubre de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MINHEIPALIDAD DE ESQUEL
Matías F. Taccetta
Intendente
Municipalidad de Esquel