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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 250/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-10-23
Fecha de Promulgación: 2025-10-27
Ciudad: Esquel, Chubut

AUTORIZACION SUSCRIPCION CONVENIO DE COMODATO- ASOCIACION CIVIL CULTURAL, SOCIAL Y DEPORTIVO DON BOSCO- DEPTO.EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

nUN. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel" ORDENANZA N° 250/2025 TEMA: AUTORIZACIÓN SUSCRIPCIÓN CONVENIO DE COMODATO VISTO: La documentación presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal y lo solicitado por la Asociación Civil Cultural, Social y Deportivo Don Bosco (Expte. 304/25) y, CONSIDERANDO: Que, por a través del expediente N° 346/25 dicha Institución requiere al Sr. Intendente un predio propiedad de la Municipalidad con destino a desarrollar las actividades deportivas y culturales tanto de sus asociados y jugadores y poder llevar a cabo el objetivo por el cual se asociaron conforme el Art. 2 del Título | de su Estatuto, autorizada a funcionar con el carácter de Persona Jurídica registrada ante la Inspección General de Justicia bajo el N° 5025. (ex Chacra 97) de esta ciudad. cuenta te a acio de rendo propiedar gue a paz. Que, teniendo en cuenta que, dentro de las finalidades de la mencionada Institución ponen énfasis en la inclusión de sectores sociales de bajos recursos, discapacidades, tercera y avanzada edad, inclusión de géneros y diversidades" por medio de la práctica del deporte y otras actividades. Que, es necesario que la Asociación cuente con un espacio propio para que pueda cumplir más eficazmente con sus objetivos, así contener el mayor tiempo posible a los jóvenes, formando deportistas, y que también se integre todo el grupo familiar. Que, es obligación del Municipio velar por el bien común. Que, por medio de éste tipo de políticas públicas el Gobierno Municipal esta cumpliendo con lo dispuesto en el Titulo II Gobierno Municipal Competencias Art. 233 inc. 1 y 8, de la Constitución Provincial. Que, asimismo la Constitución Provincial en su Título I, Sección II, Capítulo Il Derechos Sociales...Al Deporte establece en su Art. 32 "Todo habitante tiene derecho a acceder libre e igualitariamente a la práctica del deporte de su preferencia. El estado promueve los deportes cuyas características se vinculen a las particularidades culturales, ecológicas y geográficas de la región. Que, en un todo de acuerdo a la importancia que tiene el desarrollo del deporte y espacios de recreación, y teniendo en cuenta que en el Barrio Don Bosco no hay espacios públicos con superficie necesaria para ese fin. Que, es procedente que este Cuerpo Deliberativo autorice al Departamento Ejecutivo a la firma de un convenio de comodato con la solicitante. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel" POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la entidad Asociación Civil Cultural Social y Deportivo Don Bosco, Personería Jurídica registrada en la Inspección General de Justica bajo el N° 5025, un Convenio de Comodato sobre una superficie aproximada de 19.995,50 ms? que es parte del inmueble identificado Catastralmente como Cir. 3-Sector 5-Chacra 20-Parcela 1 A (dato provisorio), cuyas medidas y ubicación se establecen en el croquis adjunto de la presente Ordenanza ART. 2º: El Convenio de Comodato, autorizado por la presente Ordenanza, deberá contemplar las siguientes consideraciones: 1. La duración de! Comodato no podrá ser superior a los 6 (seis) años desde la firma del Convenio. 2. Conservación, delimitación y cerramiento del predio por parte de la Comodataria con el uso exclusivo para el desarrollo de sus actividades conforme el objeto de su Estatuto, y en los plazos y etapas que le fije la Comodante. 3. Contratar los seguros correspondientes a las actividades que se desarrollen en el predio. 4. Cualquier otra consideración que la Secretaría de Gestión Ambiental ? Subsecretaría de Deportes del Municipio de Esquel, crea conveniente incorporar en el Convenio. ART.3°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 23 de octubre de 2025. Dr. Mariano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ais r tan Héctor Rubén Alvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel N° 18/2025, registrada como Ordenanza N° 250/2025 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 27 de letubre de 2025 Matías F. Taccetta \thtendente Municipalidad de Esquel Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO ORAE. DE INTENDENCIA MUNICIPALIDÃO DE ESQUEL ALIDAD I nEXO 17. N° 250/25 G.D FOLIO CROQUIS FRACCIONAMIENTO PARC. 1-CHACRA 20- SECTOR 5 CIRC. 3 calle 135. 27.00 197,00 PARCELA 1A SUP: 19.995,50m' 200,00 119.93 100.00 19%2 13° 168667 • 82.600 2092846° 156•19 29 - 0 O 1689 280 calle PARCELA 1B Sup: 5ha 20a 31ca Chacra 20 267.68 192"12. 158•40 19 217•24•12° 12°32 26 LA NOMENCLATURA ASIGNADA ES PROVISORIA trental M. LAURA PAR Agemaneona MAT CMAA 282 nocrotario Legislativo 4. Qoscolo Doliborent= Muded de Boqua? PDF extraction limited to the first 3 pages