Ordenanza Municipal N° 250/2025/2025
AUTORIZACION SUSCRIPCION CONVENIO DE COMODATO- ASOCIACION CIVIL CULTURAL, SOCIAL Y DEPORTIVO DON BOSCO- DEPTO.EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
nUN.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco"
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
ORDENANZA N° 250/2025
TEMA: AUTORIZACIÓN SUSCRIPCIÓN CONVENIO DE COMODATO
VISTO: La documentación presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal y lo
solicitado por la Asociación Civil Cultural, Social y Deportivo Don Bosco (Expte. 304/25)
y,
CONSIDERANDO:
Que, por a través del expediente N° 346/25 dicha Institución requiere al Sr. Intendente
un predio propiedad de la Municipalidad con destino a desarrollar las actividades
deportivas y culturales tanto de sus asociados y jugadores y poder llevar a cabo el
objetivo por el cual se asociaron conforme el Art. 2 del Título | de su Estatuto,
autorizada a funcionar con el carácter de Persona Jurídica registrada ante la Inspección
General de Justicia bajo el N° 5025.
(ex Chacra 97) de esta ciudad.
cuenta te a acio de rendo propiedar gue a paz.
Que, teniendo en cuenta que, dentro de las finalidades de la mencionada Institución
ponen énfasis en la inclusión de sectores sociales de bajos recursos,
discapacidades,
tercera y avanzada edad, inclusión de géneros y diversidades" por medio de la práctica
del deporte y otras actividades.
Que, es necesario que la Asociación cuente con un espacio propio para que pueda
cumplir más eficazmente con sus objetivos, así contener el mayor tiempo posible a los
jóvenes, formando deportistas, y que también se integre todo el grupo familiar.
Que, es obligación del Municipio velar por el bien común.
Que, por medio de éste tipo de políticas públicas el Gobierno Municipal esta cumpliendo
con lo dispuesto en el Titulo II Gobierno Municipal Competencias Art. 233 inc. 1 y 8, de
la Constitución Provincial.
Que, asimismo la Constitución Provincial en su Título I, Sección II, Capítulo Il Derechos
Sociales...Al Deporte establece en su Art. 32 "Todo habitante tiene derecho a acceder
libre e igualitariamente a la práctica del deporte de su preferencia. El estado promueve
los deportes cuyas características se vinculen a las particularidades culturales,
ecológicas y geográficas de la región.
Que, en un todo de acuerdo a la importancia que tiene el desarrollo del deporte y
espacios de recreación, y teniendo en cuenta que en el Barrio Don Bosco no hay
espacios públicos con superficie necesaria para ese fin.
Que, es procedente que este Cuerpo Deliberativo autorice al Departamento Ejecutivo a
la firma de un convenio de comodato con la solicitante.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel"
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI, N° 46
sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la entidad
Asociación Civil Cultural Social y Deportivo Don Bosco, Personería Jurídica registrada
en la Inspección General de Justica bajo el N° 5025, un Convenio de Comodato sobre
una superficie aproximada de 19.995,50 ms? que es parte del inmueble identificado
Catastralmente como Cir. 3-Sector 5-Chacra 20-Parcela 1 A (dato provisorio), cuyas
medidas y ubicación se establecen en el croquis adjunto de la presente Ordenanza
ART. 2º: El Convenio de Comodato, autorizado por la presente Ordenanza, deberá
contemplar las siguientes consideraciones:
1. La duración de! Comodato no podrá ser superior a los 6 (seis) años desde la firma
del Convenio.
2. Conservación, delimitación y cerramiento del predio por parte de la Comodataria con
el uso exclusivo para el desarrollo de sus actividades conforme el objeto de su Estatuto,
y en los plazos y etapas que le fije la Comodante.
3. Contratar los seguros correspondientes a las actividades que se desarrollen en el
predio.
4. Cualquier otra consideración que la Secretaría de Gestión Ambiental ? Subsecretaría
de Deportes del Municipio de Esquel, crea conveniente incorporar en el Convenio.
ART.3°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 23 de octubre de 2025.
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ais r tan
Héctor Rubén Alvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
N° 18/2025, registrada como Ordenanza N° 250/2025
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido, archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 27 de letubre de 2025
Matías F. Taccetta
\thtendente
Municipalidad de Esquel
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO ORAE. DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDÃO DE ESQUEL
ALIDAD
I
nEXO
17. N° 250/25
G.D
FOLIO
CROQUIS FRACCIONAMIENTO
PARC. 1-CHACRA 20- SECTOR 5 CIRC. 3
calle
135.
27.00
197,00
PARCELA 1A
SUP:
19.995,50m'
200,00
119.93
100.00
19%2 13°
168667
• 82.600
2092846°
156•19 29 - 0 O
1689 280
calle
PARCELA 1B
Sup:
5ha 20a 31ca
Chacra 20
267.68
192"12.
158•40 19
217•24•12°
12°32 26
LA NOMENCLATURA ASIGNADA ES PROVISORIA
trental
M. LAURA PAR
Agemaneona
MAT CMAA 282
nocrotario Legislativo
4. Qoscolo Doliborent=
Muded de Boqua?
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