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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 252/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-10-23
Fecha de Promulgación: 2025-10-27
Ciudad: Esquel, Chubut

DESAFECTACION DEL DOMINIO PUBLICO Y EXCEPCION AL CPU CALLE ROBERTS ENTRE CALLE BROWN Y PASAJE URRUTIA DEL BARRIO ESTACION- VECINOS DEL BARRIO ESTACION-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

"-Y. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA Nº252/2025 TEMA: DESAFECTACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO Y EXCEPCIÓN AL CPU CALLE ROBERTS ENTRE CALLE BROWN Y PASAJE URRUTIA DEL BARRIO ESTACIÓN VISTO: El Expte. N° 147/25 iniciado por los vecinos que se encuentran ubicados en parte de la Parcela 11 de la Manzana 4 y calle Roberts entre calles Brown y Pje. Urrutia del Barrio Estación (Expte. N° 147/25), y CONSIDERANDO: Que, por el expediente relacionado y en visto los presentantes, quienes reconocen ser ocupantes irregulares, y a los fines de normalizar dicha situación contrataron a un agrimensor para que les realice el Plano que corresponda para dar de alta las parcelas que surjan del mismo y poder acceder a los servicios de luz, cloacas, agua y gas, y regularizar la situación dominial. Que, para aprobar y registrar el referido expediente de Mensura Particular con Redistribución ante la Dirección General de Catastro e Información Territorial de la Provincia se debe desafectar del dominio público la superficie aproximada de 599,02 ms2 de la calle Roberts entre calle Brown y Pasaje Urrutia, como así también excepcionar del Código de Planeamiento Urbano el cumplimiento sobre medidas mínimas de frente, calles cedidas y superficies totales de las parcelas. Que, dicho Plano tanto en la redistribución, ubicación y demarcación de las líneas municipales fue visado y acordado con la UEPROMU y Dirección de Catastro y Tierras Fiscales del municipio, dentro del marco del Art. 233: "Es de competencia de las municipalidades..." Inc. 1. Entender en todo lo relativo a edificación, tierras fiscales, abastecimientos, sanidad.... servicios públicos urbanos, reglamentación y administración de las vías públicas..." de la Constitución Provincial. Que, dichas directivas en el expediente de mensura son exigidas a los fines de garantizar espacios de soporte de seguridad, ante cualquier eventualidad, debido a las ocupaciones en el dominio público con destino a calle, situación ésta que ya es un hecho, pero que no se siga agravando, además también es lo acordado con los prestadores de los servicios públicos para poder realizar las redes de los mismos. Que, una vez registrada la mensura el Departamento Ejecutivo gestionará la obra de los servicios ante quien corresponda, y por ser un asentamiento irregular no proyectado por el municipio, el costo de las obras de dichas redes deberá ser asumido por los ocupantes. Que, es obligación del municipio velar por el bien común y resolver la situación social de los vecinos. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". Que, de acuerdo a todo lo expuesto, sería conveniente que el Honorable Concejo Deliberante desafecte el dominio público y de lugar a las excepciones del CPU mencionadas. Que, la comisión de Obras Publicas del HCD ha emitido despacho favorable. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART. 1º: DESAFECTESE del dominio público la superficie aproximada de 599,02 ms2 de la calle Roberts entre calle Brown y Pasaje Urrutia del Barrio Estación. ART. 2º: EXCEPTUASE del Código de Planeamiento Urbano vigente a las Parcelas resultantes con respecto a las medidas mínimas en sus frentes superficies totales y calle cedida exigidas por éste, a los fines de aprobar el Plano que como Anexo I forma parte de la presente. ART. 3º: DECLARESE Tierra Fiscal disponible a las Parcelas que surjan de la relacionada mensura, conforme Art. 2º y 5º de la Ordenanza 54/86 y su modificatoria 81/87. ART. 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá extender la documentación pública o privada necesaria, tanto para presentar ante los prestadores de los servicios públicos como para la regularización dominial, siempre que quien la solicita haya respetado la mensura aprobada, y cumpla con los requisitos para ser adjudicatario de Tierras Fiscales según la ordenanza antes mencionada. ART. 5°: Registrese, comuníquese y cumplido, archívese. Esquel, 23 de octubre de 2025. Dr. Mariano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ai rac Cose Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 14º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N° 18/2025, registrada como Ordenanza N°252/2025. ESQUEL H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 27 de Vetubre de 2025. Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO GRAL. DE IKTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matías A Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel PDF extraction limited to the first 3 pages