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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 287/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-11-20
Fecha de Promulgación: 2025-12-04
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESION A LA LAY I N° 829 DIGESTO JURIDICO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT- CONCEJAL ESCALONA- BLOQUE UNION POR LA PATRIA-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HC. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 287|2025 TEMA: ADHESION A LA LEY I NRO 829 VISTO: La Ley Nacional N° 26.316, la Ley | NRO 829 del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut, y la Ordenanza N° 101/08 que incorpora al Municipio a la Asociación Internacional de ciudades Educadoras (Expte. 309/25) y, CONSIDERANDO Que, la Ley Nacional N° 26.316 del año 2007 instituye el 19 de noviembre de cada año como el Día para la Prevención del Abuso contra Niños, Niñas y Adolescentes, Que, la Ley I N 829 del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut, establece el día para la prevención del abuso contra niños, niñas y adolescentes, como así mismo, invita a los municipios de la Provincia a adherirse a la misma. dicha ley provincial establece que, cada 19 de noviembre, se deben realizar jornadas de divulgación y concientización sobre esta problemática en los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut. Que, además, dispone que el" Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut debe difundir en el ámbito educativo una gula elaborada por UNICEF, la cual busca brindar orientación y asesoramiento para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Que, la Ordenanza N°. 101/08 incorpora al Municipio a la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras, entendiendo como ciudad educadora a aquella que se propone como una extensión del derecho fundamental de todas las personas a la educación. Que, la Carta de Ciudades Educadoras establece la necesidad de "la garantía de los derechos de la infancia, la adolescencia y la juventud en la ciudad" y que una de sus prioridades es combatir las "violencias y la feminización de la exclusión social. Que, en el contexto actual, la educación en valores y Derechos Humanos reviste una urgencia ineludible. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART.1°: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley I N° 829 del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut. ART. 2: ESTABLEZCASE que la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza sea la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia de la Municipalidad de Esquel, en coordinación con las instituciones educativas y los organismos pertinentes. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ART. 3°: COMUNIQUESE de la presente adhesión al. Poder Ejecutivo Provincial y al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut. ART. 4°: AUTORIZASE la suscripción de convenios de pasantías y/o prácticas profesionalizantes que hagan a los fines de la presente ordenanza, priorizando en esto a los de gestión social y/o estatal. ART. 5°: Registrese, comuníquese, ? cumplido, archívese.- Esquel, 20 de noviembre de 2025. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante • Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 16° Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N° 20/2025, registrada como Ordenanza N° 287/2025. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archivese SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 04 de Diciembre de 2025. Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO-ORAL. DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matias F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel