Ordenanza Municipal N° 293/2025/2025
PRORROGA LICENCIA AGENTE JULIA DEL CARMEN BERNARDO- DEPTO. EJECUTIVO-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HLY.
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
ORDENANZA N° 293/2025
TEMA: PRÓRROGA LICENCIA AGENTE JULIA DEL CARMEN BERNARDO
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Bernardo (Expte. N° 25/22) y,
CONSIDERANDO:
Que, la agente municipal Julia del Carmen Edith Bernardo ha presentado una nota
ante el Honorable Concejo Deliberante solicitando la ampliación de la licencia por
atención de familiar enfermo, a fin de asistir al cuidado de su hija, quien debe
concurrir a controles médicos
en el Hospital Británico de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, donde es atendida por un especialista en ortopedia infantil.
Que, la Dirección de Capital Humano de la Municipalidad, mediante Memorándum
N° 252/25, informa que la agente ha excedido el plazo previsto para la utilización de
la licencia por cuidado de familiar enfermo, conforme lo establecido en el artículo 58
del Estatuto para el Personal Municipal (Ordenanza N° 40/86), según surge de la
documentación obrante en su legajo.
Que, de las constancias agregadas al expediente, se acredita que la Sra. Bernardo
posee pasajes con destino a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el período
comprendido entre el 14 y el 21 de diciembre del año 2025, con motivo de la
atención médica referida.
Que, en atención a las circunstancias expuestas y a los fines de garantizar el
adecuado acompañamiento sanitario de la menor, corresponde contemplar la
excepción solicitada, autorizando la ampliación de la licencia por atención de familiar
enfermo para el año 2025, en el período mencionado, con goce integro de haberes,
conforme lo previsto en el citado artículo 58 de la Ordenanza N° 40/86.
Que, se estableçe que los días concedidos por atención de familiar enfermo deberán
ser utilizados exclusivamente cuando resulten necesarios, debiendo la agente
presentar en cada caso los certificados médicos y la documentación respaldatoria
correspondiente.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente:
ORDENANZA
ART. 1°: AUTORÌZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, en forma excepcional,
ampliar la licencia por atención familiar enfermo, dispuesta en el art. 58 de la
Ordenanza N° 40/86, Estatuto para el Personal Municipal, con goce íntegros de
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco".
"Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel".
haberes, a la agente Municipal Julia del Carmen Edith Bernardo DNI: 27.403.457,
categoría 8, planta
permanente, dependiente de la Secretaría General de
Coordinación a partir del 14 de diciembre al día 21 del mismo mes del año 2025,
supeditado a la evolución de la paciente y sin perjuicio del deber de prestar servicios
cuando no sea requerida su asistencia, acreditándolo mediante certificación médica.
ART. 2°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archivese.
Esquel, 05 de diciembre del 2025.-
Palma
Secretario Legislativo
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Husse Pusi
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión ordinaria del 2025, bajo
Acta N° 21/2025, registrada como Ordenanza N° 293/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN: I1 de diciembre de 2025.
• Diego Fernando Austin
Secretario de Gobierno
Munie/palidad de Esquel
ANE SECRETARLA®
Matías Jaccetta
Interidente
Munteigalidad de Esquel