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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 298/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-12-05
Fecha de Promulgación: 2025-12-26
Ciudad: Esquel, Chubut

CONDONACION Y EXIMICION DEUDA DE IMPUESTO INMOBILIARIO- SRA. NILDA HAYDEE VALLEJOS-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HeD. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 298/2025 TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS VISTO: La nota presentada por la Sra. Nilda Haydee Vallejos DNI 14.848.309 (Expte. 340/25) y, CONSIDERANDO Que, la Sra. Vallejos, mediante nota presentada, solicita la condonación y eximición de la deuda que mantiene en concepto de impuestos inmobiliarios, en razón de percibir una jubilación mínima que le imposibilita afrontar la totalidad de dicha obligación tributaria. Que, a través de la Ordenanza N° 201/23, en su Art. 98 Inc. 8 y sus modificatorias, establece que, tanto las personas jubiladas y/o pensionadas, como aquellas que habiten la unidad habitacional con personas con discapacidad, serán exentas del pago del impuesto inmobiliario. **. Que, dicha exención no es subjetiva, no obran de pleno derecho, por tal motivo, es necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente, presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención. Que, la Comisión de Hacienda del HCD, decide emitir despacho favorable a lo solicitado por la Sra. Quidel: POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI-N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART.1°: CONDONASE a la Sra. Nilda Haydee Vallejos DNI 14.848.309, la totalidad de lo adeudado a la Municipalidad en concepto de impuestos inmobiliarios hasta la fecha de promulgación de la presente ordenanza. Dicho beneficio recae sobre el inmueble identificado como objeto: 10005003. ART.2°: EXIMASE a la Sra. Vallejos del pago del impuesto inmobiliario que recae sobre el inmueble mencionado precedentemente desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el día 31 de diciembre del corriente año; en virtud de encontrarse contemplada en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias, en su art. 98 Inc. 8. ART. 3°: NOTIFICASE a la vecina que, en el mes de diciembre de cada año deberá tramitar la exención del pago del impuesto inmobiliario ante el Departamento Ejecutivo H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco» "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". Municipal por encontrarse contemplada su situación en la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias. ART. 4°: Registrese, comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 05 de diciembre de 2025. wAne Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N° 21/2025, registrada como Ordenanza N° 298/2025. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 26 de diciembre de 2025. Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquel