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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 306/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-12-19
Fecha de Promulgación: 2025-12-30
Ciudad: Esquel, Chubut

MODIFIC. DE ORDENANZA 99/21TARIFAS NATATORIO -TARIFAS GIMNASIO- EXENCIONES PARA ESTUDIANTES- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HAy. ESQUEL H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 306/2025 TEMA: MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA N° 99/2021 (TARIFAS NATATORIO) Y DE LA ORDENANZA N° 50/2016 (TARIFAS GIMNASIO) - EXENCIONES PARA ESTUDIANTES DE CARRERAS AFINES A LA EDUCACION FISICA Y EL ENTRENAMIENTO DEPORTIVO VISTO: La Ordenanza N° 99/2021 (Tarifas Natatorio Municipal, modificada por la Ord. N° 31/2024), la Ordenanza N° 50/2016 (Tarifas Gimnasio Municipal, modificada por la Ord. N° 191/2022) y la solicitud presentada por Estudiantes y Equipo Directivo del ISFD N° 804 (Expte. 412/25) y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza N° 99/2021 modificada por Ord. N° 31/2024 establece Tarifas para el uso del Natatorio Municipal y la Ordenanza N° 191/2022 modificada por Ord. N° 50/2016 para usos del Gimnasio Municipal. Que, es un objetivo municipal constante garantizar el acceso a las instalaciones deportivas para el desarrollo de la educación y la formación profesional. Que, los futuros Profesores de Educación Física del ISFD N° 804 requieren el uso constante de estas instalaciones deportivas para el desarrollo de su currícula académica y el cumplimiento de las prácticas profesionalizantes obligatorias. Que, conforme manifiestan en la solicitud presentada, la formación en esta área exige la adquisición y perfeccionamiento de destrezas y gestos técnicos que se logran a través del entrenamiento repetitivo, el cual debe realizarse sistemática y continuamente por fuera de los horarios de cursadas. Que, el dominio corporal en el deporte se apoya en la memoria muscular (o motora), siendo imprescindible la practica sistemática y continua fuera del horario normal de cursada para lograr un movimiento natural, fluido y prevenir posturas incorrectas. Que, garantizar el acceso gratuito a estas herramientas de formación contribuye a la equidad educativa, asegurando que la carga económica no sea un impedimento para el egreso y el desarrollo profesional de los futuros docentes de la comunidad. H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". Que, la Secretaría de Deportes, conforme a lo normado en el Artículo 3º de la Ordenanza N°: 50/2016, se reserva la facultad de modificar o anular los usos ya concedidos y la de suspender temporalmente el servicio por razones de interés municipal, sin que por ello quepa responder de posibles perjuicios ante las personas interesadas. Que, por lo tanto, resulta necesario incorporar la exención para estudiantes de carreras afines a la educación física y entrenamiento deportivo en ambas normas tarifarias. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI - N° 46 sanciona la presente ORDENANZA ART. 1º: MODIFICAR el Artículo 1º de la Ordenanza N° 99/2021 (Tarifas Natatorio Municipal), incorporando el siguiente inciso u): "u) Se establece una exención del cien por ciento (100%) del pago de las tarifas de tasas y derechos correspondientes al uso de las instalaciones del Natatorio y Gimnasio Municipal, para los estudiantes regulares de Institutos Superiores de Formación Técnica y/o Docente cuya formación profesional requiera el uso de dichas instalaciones para el desarrollo de su currícula académica o el cumplimiento de prácticas profesionalizantes obligatorias de Diseños Curriculares afines a carreras de prácticas deportivas, previa certificación de regularidad emitida por la Dirección del Instituto correspondiente." ART. 2º: MODIFICAR el Artículo 1º de la Ordenanza N° 50/2016 (Tarifas Gimnasio Municipal), el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 1°: FIJASE, a partir de la promulgación de la presente ordenanza las tarifas para el alquiler del Gimnasio Municipal en los siguientes valores: a. Por alquiler para espectáculos: 600 (seiscientos) Módulos por día. b. Para la práctica de actividades deportivas y/o recreativas después de las 22:00 hs. de Lunes a Viernes, quedará establecido en: 20 (veinte) módulos por hora. c. Para los días Sábado, Domingos y Feriados, quedará establecido en: 25 (veinticinco) Módulos por hora. ESQUE H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel" d. Para alquiler para eventos deportivos con fines de lucro 300 (trescientos) módulos por día, contarán con una bonificación de la tarifa de hasta el cincuenta por ciento (50%), las instituciones constituidas legalmente cuyo fin de utilización del espacio, sea la preparación para Torneos Provinciales, Patagónicos, Nacionales o Internacionales" Exceptuase del cobro de los incisos b y o del presente artículo a aquellos estudiantes regulares de Institutos Superiores de Formación Técnica y/o Docente cuya formación profesional requiera el uso de dichas instalaciones para el desarrollo de su currícula académica o el cumplimiento de prácticas profesionalizantes obligatorias de Diseños Curriculares afines a carreras de prácticas deportivas, previa certificación de regularidad emitida por la Dirección del Instituto correspondiente." ART. 3°: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 19 de diciembre de 2025. Dr. Mariano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel horar. Mese Hector Ruben Alvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 18° Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N°22/2025, registrada como Ordenanza N°306/2025 POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese. SUBSECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 30 de diciembre de 2025. Sr. GUSTAVOARTEL SIMIELI SECRETARIO ARAL. DEUNTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matías F. Taccetta Intendente Municioalidad de Esquel PDF extraction limited to the first 3 pages