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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 321/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-12-19
Fecha de Promulgación: 2025-12-30
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO CON ADMINISTRACION DE VIALIDAD PROVINCIAL - ADOQUINES DE HORMIGON- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD; ESQUE H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 321/2025 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO VISTO: El Convenio N° 2013, suscripto ente la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad Provincial (Expte N° 407/2025), y CONSIDERANDO: Que, dicho Convenio tiene por finalidad la pavimentación con adoquines de hormigón en diversas calles de la ciudad de Esquel, abarcando una superficie total de 2000 mts? (dos mil metros cuadrados) - Que, las obras se ejecutarán en los siguientes sectores: 1) Dársenas de estacionamiento monoblocks de Barrio Malvinas Argentinas por (320m2). 2) calle Don Bosco sobre Feria de la Trochita (370mts2). 3) calle Desalojo del 37 calle Nanco y Ap. Justo 1210mts. 4) Reductores sobre Avenidas de la ciudad 100mts. Que, mediante el convenio mencionado, la Administración de Vialidad Provincial proveera un total de 80.000 (ochenta mil) adoquines de hormigón puestos en la fábrica de Trevelin, afrontando la Municipalidad de Esquel el gasto de flete, traslado y mano de obra para la colocación de los mismos. Que, el pago se realizará en 36 (treinta y seis) cuotas mensuales ? consecutivas, fijándose el precio del adoquín en Pesos doscientos ochenta y cinco ($285.00). Dicho valor será actualizado mensualmente según precio de cemento informado por la Secretaría de Infraestructura Energía y Planificación. Que, resulta necesario ratificar dicho convenio para dar curso a las obras proyectadas: Que, la Comisión de Asuntos legales del HCD, decide emitir despacho favorable. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, N° 46, sanciona la presente: ESQUEL H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco". "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA ART. 1º: RATIFIQUESE en todos sus términos el Convenio N° 2013 suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Administración de Vialidad Provincial, de fecha 22 octubre del año 2025, el cual se adjunta como Anexo I de la presente. ART. 2°: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese Esquel, 19 de diciembre de 2025.- _Anz Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativo Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 18° Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta N° 22/2025, registrada como Ordenanza N° 321/2025. POR TANTO:_Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA 30 de diciembre de 2025. Sr. GUSTAVOAR EL SIMIELI SECRETARIO GRAL DEVNTENDENCIA MUNIBTPALIDAD DE ESQUEL Matias F. Taccetta endente Municipalidad de Esquel "Ano de la Recuperación y Reivindicación del Derecho a la Educación" ANEXO DPD. N° 321/2028 : 02. FOLIO _N°. 3 REPUBLICA ARGENTINA Provincia del CHUBUT SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, ENERGIA Y PLANIFICACIÓN Administración de Vialidad Provincial PROVINCIAS • * SUBUT 02 2025 8 OCT AECEPTORIA N°S CHUBUT. 26101 EXET 1:: PENS RAWSON LUC 22900960-33 22/10/2023 28/10/2025 EXTE ANGELA AVA Provincia del Chubut En,la Ciudad de Esquel, de la Provincia del Chubut, a los 22 días del mes de Qetubre del año 2025, entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, con domicilio legal en Love Jones Parry N° 533 de la ciudad de Rawson, representada en este acto por su PRESIDENTE, Ing. Federico DRESCHER, por una parte, en adelante, la ADMINISTRACIÓN y por la otra la MUNICIPALIDAD DE ESQUEL, con domicilio legal en Calle Bartolomé Mitre n° 524 de la ciudad de Esquel, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE, Cdor. Matías Federico TACCETTA, en adelante la MUNICIPALIDAD, convienen en celebrar el presente convenio que se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones: - PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD pavimentará con adoquines de hormigón provistos por la planta de la ADMINISTRACIÓN, las siguientes Calles I) Dársenas de estacionamiento monoblocks de barrio Malvinas Argentinas por (320m2), 2) Calle Don Bosco sobre feria de la Trochita (370m2), 3) Calle Desalojo de 37- Nanco y A.P Justo (1210m2) y 4) Reductores sobre avenidas de la cuidad (100m2), con una superficie total a pavimentar de DOS MIL METROS CUADRADOS (2.000 m2). - SEGUNDA: La ADMINISTRACIÓN proveerá de acuerdo a la disponibilidad, a la MUNICIPALIDAD. OCHENTA MIL (80.000) adoquines de hormigón puestos en la Fábrica de Trevelin. -- TERCERA: La MUNICIPALIDAD se hará cargo del transporte, movimiento de suelo y mano de obra para la colocación de los adoquines. - CUARTA: La MUNICIPALIDAD se hará cargo de la devolución de la totalidad de las tarimas que demande el transporte del presente convenio. QUINTA: La MUNICIPALIDAD aportará mensualmente y en treinta y seis (36) cuotas consecutivas el valor de OCHENTA MIL (80.000) adoquines que demanda la realización de dicha obra, a partir de la firma del presente Convenio. A los efectos de los cálculos del monto a aportar, se fija precio al adoquín en PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($285,00). El valor del adoquín se actualizará en forma mensual en el mismo porcentual de variación que tenga el precio de la bolsa de cemento, que informa la secretaría de Infraestructura Energía y Planificación a través de la tabla de precios locales en el código 1.15.45. Se tomará como mes base para el cálculo Jr. JOSE LUIS SARRIES de la actualización la fecha del presente, Convenio - ASESOR I FRAI PDF extraction limited to the first 3 pages