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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 323/2025/2025

Fecha de Sanción: 2025-12-19
Fecha de Promulgación: 2025-12-30
Ciudad: Esquel, Chubut

MODIFICACION ORDENANZA N° 216/2022- SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES- DEPTO. EJECUTIVO-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel. "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". ORDENANZA N° 323/2025 TEMA: MODIFICACIÓN ORDENANZA N° 216/22 VISTO: La Ordenanza Municipal N° 216/22 referida al procedimiento de autorización, control y fiscalización de instalaciones, estructuras y tendidos vinculados a servicios de telecomunicaciones (Expte. 193/21) y, CONSIDERANDO Que, resulta necesario adecuar la norma vigente a la actual estructura orgánica municipal a fin de precisar con claridad el órgano de aplicación responsable del cumplimiento de la Ordenanza mencionada en el visto. Que, la Secretaria de Gobierno y la Subsecretaria de Gobierno son áreas con competencia directa en materia de control fiscalización y aplicación/de las normas municipales. Que, asimismo se considera pertinente que la evaluación técnica de los proyectos presentados sea efectuada por un profesional ingeniero con especialización en la materia garantizando el adecuado análisis de factibilidad y seguridad de las instalaciones. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones y facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente: ORDENANZA ART.1°: MODIFIQUESE el artículo 2 del Anexo 1 de la Ordenanza N° 216/22 referido al Reglamento de uso y desarrollo de la infraestructura de redes de fibra óptica en la ciudad de Esquel, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "ART. 2: La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaria de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Gobierno, que ejercerá las tareas de evaluación, control, supervisión y seguimiento del cumplimiento de la norma" ART. 2°: INCORPORASE el art. 2 bis al Anexo I de la Ordenanza N° 216/22 referido al Reglamento de uso y desarrollo de la infraestructura de redes de fibra óptica en la ciudad de Esquel, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 2 bis: La evaluación técnica de los proyectos presentados deberá estar a cargo de un ingeniero especializado en la materia, designado por la autoridad de aplicación, quien debera emitir dictamen previo a toda autorización o aprobación definitiva." ART. 3°: Registrese; comuníquese, y cumplido, archívese.- Esquel, 19 de diciembre de 2025. Mariano Palma Secretario Legislativo H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Héctor Rubén Álvarez Presidente H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel H. Concejo Deliberante De Esquel "Año del quincuagésimo Aniversario de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco" "Año del centenario de la Asociación Sirio Libanesa de Esquel". Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 18º Sesión Ordinaria del 2025, bajo Acta N° 22/2025, registrada como Ordenanza N° 323/2025. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletin Municipal y cumplido, archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 30 de diciembre de 2025. Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI SECRETARIO GRAL. DE INTENDENCIA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Matías F. Taccetta Intendente Municipalidad de Esquei