Ordenanza Municipal N° 01/2026/2026
CORRIDA DE LAS FILIALES Y PEÑAS DEPORTIVAS ESQUEL-
INCORPORACION DE LA CORRIDA DE LAS FILIALES Y PEÑAS DEPORTIVAS ESQUEL- EXPEDIENTE N° 397/25-
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA NO 01/2026 TEMAS: INCORPORACIÓN DE LA "CORRIDA DE LAS FILIALES Y PEÑAS DEPORTIVAS DE ESQUEL" AL CALENDARIO DEPORTIVO MUNICIPAL VISTO: La nota ingresada por representantes de Filiales y Peñas Oficiales de Clubes A.F.A. en la ciudad de Esquel (expte. 397/25), y CONSIDERANDO: por las filiales y peñas de River Plate, Independiente, Boca Juniors, Racing Club y San Lorenzo de nuestra ciudad, que convoca a vecinos y vecinas de Esquel en una jornada participativa, recreativa, solidaria y comunitaria desde el año 2017. Que, las filiales y peñas deportivas constituyen organizaciones de la sociedad civil reconocidas por los clubes de origen, integradas por socios, simpatizantes y voluntarios, cuya misión es promover los valores del deporte, la solidaridad y Que, el evento denominado "Corrida de las Filiales y Peñas Deportivas de Esquel" es una actividad organizada el trabajo comunitario. Que, la incorporación formal de la "Corrida de las Filiales y Peñas Deportivas de Esquel" al Calendario Deportivo Municipal permitirá otorgar previsibilidad, respaldo institucional, difusión y continuidad en el tiempo a esta iniciativa. Que, la finalidad esencial del evento es colecta de productos de la canasta navideña que se destinan íntegramente a una colecta solidaria local, constituyéndose en una herramienta concreta de acompañamiento a familias en situación de vulnerabilidad de nuestra ciudad Que, la Municipalidad de Esquel debe continuar desarrollando politicas públicas tendientes a promover la práctica deportiva, el deporte social, la vida saludable y la construcción de lazos solidarios dentro de la comunidad. Que, a los fines de garantizar la transparencia y el destino de las donaciones recaudadas, corresponde dejar expresamente establecido el carácter benéfico del evento y la prohibición de emplear las donaciones para un fin distinto al establecido en la presente. Que, la Comisión de Promoción Social, Cultura, Educación y Deporte emitió despacho favorable. POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI NO 46, sanciona la presente: ORDENANZA ART. 10: INCORPÓRESE dentro del Calendario Deportivo Municipal el evento denominado "Corrida de las Filiales y Peñas Deportivas de Esquel", estableciéndose como fecha de realización el dia 23 de diciembre de cada año, o el dia más próximo que determine la organización por razones operativas. ART. 20: La Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura acompañará y colaborará con las comisiones de las filiales y peñas de clubes A.F.A. de Esquel en la realización del evento mencionado en el artículo anterior, brindando apoyo institucional en el marco de sus competencias. Asimismo, invitará a las instituciones deportivas, clubes H. Corvejo Deliberante De Esquel 0 grupos comunitarios de la ciudad que deseen sumarse y colaborar en el desarrollo de la actividad. ART. 30: ESTABLÉCESE que la participación en la "Corrida de las Filiales y Peñas Deportivas de Esquel" tendrá carácter benéfico. La inscripción consistirá en la entrega, por parte de cada persona participante, de "uno o más productos de la canasta navideña, los que serán destinados íntegra y exclusivamente a la colecta solidaria denominada "Noche Buena para Todos" que se desarrolla en la ciudad de Esquel, 0 a la iniciativa solidaria local que en el futuro la reemplace. Prohíbase destinar los productos recolectados a cualquier fin distinto del previsto en el presente artículo. ART 40: Regístrese, comuníquese, y cumplido, archívese. - Esque 13 de marzo de 2026. Dr. Marino Palma Secretario H. Concep Deliberante Ciudad de Esquel LA FZ-z— - Héctor Rubén Á Ivarez H. Concejo Delih•ranle Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 10 Sesión ordinaria del 2026 bajo Acta NO 04/2026, registrada como Ordenanza NO 01/2026. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archívese. ENDENCIA: marzo de 2026. SECRETARIA GENE M. RIPA Ma F. Taccetta tendente unicidad de Esquel