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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 06/2026/2026

Fecha de Sanción: 2026-03-13
Fecha de Promulgación: 2026-03-26
Ciudad: Esquel, Chubut

RATIFICACION CONVENIO CON SEC. DE INFRAEST. ENERGIA Y PLANIFICACION-

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

He. H. Concejo Deliberante De Esquel ORDENANZA N° 06/2026 TEMA: RATIFICACIÓN CONVENIO ENTRE MUNICIPALIDAD DE ESQUEL C/ LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, ENERGIA Y PLANIFICACION DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT. VISTO: El convenio suscripto entre la municipalidad de Esquel y la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación de la provincia de Chubut firmado el día 22 de enero de 2026; (Expte. 27/26) ý, CONSIDERANDO: Que, el presente convenio tiene por objeto la ejecución de PERFORACIONES PARA EXTRACCIÓN DE AGUA EN SECTORES VARIOS en el ejído d la ciudad de Esquel. Que, la Municipalidad de Esquel ejecutará y administrará los fondos para tal fin, cuya suma asciende a pesos ciento diez millones con 00/100 ($110.000.000,00) que se harán efectivos en forma de anticipos mediante certificados confeccionados por la Municipalidad que será presentados en la Secretaria de Obras Públicas de la Provincia de Chubut. Que, resulta necesario realizar la ratificación del mismo para dar continuidad a las obras planteadas. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente. ORDENANZA ART. 1°: RATIFICASE en todos sus términos, el convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación de la Provincia de Chubut firmado el día 22 de enero de 2026, mediante el cual la Municipalidad de Esquel ejecuta y administra los fondos suministrado para la ejecución de PERFORACIONES PARA EXTRACCION DE AGUA EN SECTORES VARIOS en el ejido de la ciudad de Esquel. Dicho convenio se adjunta como Anexo I de la presente. ART. 2°: Registrese, comuníquese y, cumplido, archívese. Esquel, 13 de marzo de 2026.- Ull Dr. Mariano Palma Héctor Rubén Álvarez Secretario Legislativ Presidente H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 1º Sesión Ordinaria del 2026, bajo Acta N° 04/2026, registrada como Ordenanza N° 06/2026. ESQUEL H. Concejo Deliberante De Esquel POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal ? cumplido archívese. SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 26 de • Marzo de 2026. JUAN M. RIPA SECRETARIO GRAL DE INTENDENCA MUNICIPALIDAD DE ESQUEL Maras A! •Taccette ntendente Metricigaldad de Esquel "Año de la Recuperación y Reivindicación del Derecho a la Educación" ANEXO 0. Nº 06/2026 CONVENIO Entre la Provincia del Chubut, representada en este acto por el Señor Secretario de Intraestructura, Energía y Planificación, Contador Hernán TORTOLA, (D.N.I Nº: 33.901.677) en adelante denominada "LA PROVINCIA" y por la otra parte, la Municipalidad de Esquel, representada en este acto por el Señor Intendente Contador Matías TACCETTA ,(D.N.I Nº:26.250.195) : en adelante denominada "LA MUNICIPALIDAD", acuerdan celebrar el presente Convenio que se regirá de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: "LA SECRETARIA" aportará a "LA MUNICIPALIDAD" la suma total de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES ($ 110.000.000), que serán aplicado por "LA MUNICIPALIDAD" en forma exclusiva y excluyente a la ejecución de la Obra: "PERFORACIÓNES PARA EXTRACCIÓN DE AGUA EN SECTORES VARIOS". - SEGUNDA: FORMA DE PAGO: El aporte al cual se compromete "LA SECRETARIA" por la Cláusula Primera, se hará efectivo mediante un anticipo por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES ($ 22.000.000) correspondiente al VEINTE POR CIENTO (20%) de la suma total. En el transcurso de la obra se emitirán fojas de medición con grados de avance, confeccionados por quien designe la Municipalidad y serán presentados en la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, quien emitirá los Certificados de Obra con el descuento proporcional del anticipo otorgado. Esto implica que "LA SECRETARIA" se compromete única y exclusivamente al pago de tal monto, independientemente si el total erogado por "LA MUNICIPALIDAD" fuera distinto del presupuesto estipulado en el presente Convenio. En consecuencia, fuera de la suma estipulada "LA MUNICIPALIDAD" exime de responsabilidad a "LA SECRETARIA" haciéndose cargo de las diferencias que surjan del contrato de Obra y de cualquier tipo de tareas adicionales, traslados, viáticos, confección de planos, gastos generales directos o indirectos, por rescisión del contrato o por causas de fuerza mayor, redeterminaciones de precios, accidentes de trabajo etc.; por lo tanto "LA MUNICIPALIDAD" libera a "LA SECRETARIA" por cualquier concepto que pueda derivarse de los contratos de Obra y que excedan la suma que detalla la presente Cláusula, asumiendo "LA MUNICIPALIDAD" patrimonialmente y a su exclusiva cuenta y riesgo los mismos en DO DOMINGUEZ or General de Asunics inicos Lanisiación y Despacho caso de que estos se produzcan.-- TERCERA: El Presente Convenio se enmarcará en el Decreto 1304/78 y sus SIEyP modificaciones. "LA MUNICIPALIDAD" deberá rendir al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut, el aporte otorgado dentro de los sesenta (60) días de efectuada la inversión. - CUARTA: Los Recursos que "LA SECRETARIA" se obliga a aportar, serán depositados en una cuenta que "LA MUNICIPALIDAD" tendrá abierta all efecto en el Banco del Ghubut S.A.- Dr. Mariano Palme Cecretario Legislativo H. Concejo Deliberanto Ciudad de Esquel PDF extraction limited to the first 3 pages